منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا Un acusado de acosar a su expareja en Alicante se cambia de sexo y alega que ahora es
Reem Senior Member

Una de las objeciones que durante la tramitaci?n de la conocida como Ley Trans le pon?an a esta iniciativa legislativa los colectivos feministas acaba de materializarse en los juzgados de Alicante, donde un hombre acusado de acosar a su expareja y madre de su hijo ha alegado que se ha cambiado de sexo y que, como mujer, no puede ser acusado de violencia de género. Un delito con el que se busca castigar la violencia f?sica y/o psicol?gica que ejerce el hombre hacia la mujer siempre que entre ambos exista o haya existido una relaci?n sentimental, esté o no formalizada y con independencia de que convivan o no lo hayan hecho nunca.

En el acusado que ha alegado el cambio de sexo lo ha hecho en una causa que se sigue contra él por el quebrantamiento de una orden de alejamiento de su expareja, aunque no es el ?nico proceso que se sigue contra él por violencia de género de los que la presunta v?ctima es esta misma mujer.

La Ley para la igual real y efectiva de las personas trans y para la garant?a de los derechos de las personas LGTBI, que se aprob? el pasado 28 de febrero y entr? en vigor dos d?a después, establece en claramente en el apartado 3 de su art?culo 46 que "la rectificaci?n de la menci?n registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterar?n el régimen jur?dico que, con anterioridad a la inscripci?n del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los afectos de la Ley Org?nica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protecci?n Integral contra la Violencia de Género".

Y en el apartado 4 vuelve a insistir en que "la persona que rectifique la menci?n registral de sexo pasando del sexo masculino al femenino podr? ser beneficiaria de medidas de acci?n positiva adoptadas espec?ficamente en favor de las mujeres en virtud del art?culo 11 de la Ley Org?nica 2/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jur?dicas anteriores a la rectificaci?n registral".

A?n as?, y aunque parece que no hay dudas en este caso sobre la procedencia de acusar por violencia de género, el fiscal delegado de esta materia en Alicante, Gonzalo Pedre?o, ha elevado una consulta a su hom?loga en la Fiscal?a de Supremo para que se pronuncie al respecto antes de formular la acusaci?n.



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