منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا El Juzgado concede la cautelar y Canales podr? jugar ante el C?diz
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El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo N?mero 4 de Sevilla ha concedido la suspensi?n cautelar de la sanci?n que pesa sobre el centrocampista del Betis Sergio Canales hasta el fallo definitivo del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), con lo que queda disponible para jugar el pr?ximo domingo en el Benito Villamar?n ante el C?diz el partido de la vigésima octava jornada de LaLiga.

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El club verdiblanco anunci? el lunes que hab?a pedido a la justicia ordinaria la suspensi?n cautelar de la sanci?n y este martes comunic? a través de sus redes sociales de que se le ha concedido esta solicitud, después de que Canales ya hubiera cumplido el pasado domingo en el campo del Atlético de Madrid el primero de los cuatro encuentros de suspensi?n.

"El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo N?mero 4 concede la suspensi?n cautelar de la sanci?n a @SergioCanales hasta el fallo definitivo del TAD. ?Vamos, Sergio!", resalta el Betis en su cuenta oficial en Twitter.

El Tribunal Administrativo del Deporte desestim? el pasado viernes las medidas cautelares solicitadas por el Betis para suspender la sanci?n de cuatro partidos impuesta a Canales después de que el Comité de Apelaci?n de la Real Federaci?n Espa?ola de F?tbol (RFEF) confirmara la decisi?n del de Competici?n.

El Betis indic? entonces que no hab?a tiempo material suficiente para recurrir a otras instancias que pudieran conceder la suspensi?n cautelar de dicho castigo al centrocampista c?ntabro, el gran referente del juego ofensivo del equipo entrenado por el chileno Manuel Pellegrini, antes del partido que los verdiblancos perdieron ante el Atlético de Madrid (1-0).

Apelaci?n rechaz? este pasado viernes el recurso presentado por Canales contra su sanci?n de cuatro partidos, impuesta por decir, cuatro meses después de su expulsi?n en octubre por el ?rbitro Antonio Mateu Lahoz en el encuentro de Liga ante el C?diz, que ésta fue premeditada.

El internacional bético pidi? el archivo del expediente sin imposici?n de sanci?n, por no haber cometido la conducta tipificada como infracci?n grave en el C?digo Disciplinario de la RFEF (art.106), y solicit? adicionalmente medida cautelar urgente, para suspender la ejecuci?n de la sanci?n.

Apelaci?n desestim? su recurso y mantuvo la sanci?n impuesta por el Comité de Competici?n el pasado 29 de marzo, por unas declaraciones que hizo al término del partido de la jornada 22, contra el Valladolid, el 18 de febrero, cuando dijo que el colegiado valenciano ten?a "premeditada" su expulsi?n en el encuentro del 19 de octubre contra el C?diz.

El recurso del capit?n bético se bas? en que no pronunci? la palabra "premeditada", sino que dijo un término "ininteligible" y que "lo que pretend?a decir era que hab?a sido sancionado de manera precipitada (las dos tarjetas fueron muy r?pidas y no me dio tiempo a hablar con él), considerando que afirmar que el ?rbitro se precipit?, entrar?a dentro de los l?mites de la libertad de expresi?n", algo que acredit? con v?deos de declaraciones hechas en d?as posteriores.

Apelaci?n rechaz? estos argumentos, por la difusi?n de las declaraciones de Canales en un medio de comunicaci?n, porque la denuncia remitida por el director de seguridad de la RFEF que origin? el expediente transcribe el término "premeditada" y son la base para considerarlas como infracci?n grave seg?n el art?culo 106.

"Este Comité, tras haber efectuado una pormenorizada valoraci?n probatoria de la prueba videogr?fica obrante en el expediente, puede concluirse que la palabra utilizada por el Jugador para calificar la acci?n arbitral, fue “premeditada", afirmaba Apelaci?n.

El Comité a?ad?a que "la imputaci?n al Colegiado de una actuaci?n parcial e intencionada, excede de la libertad de expresi?n, del derecho a la cr?tica, y constituyen un ataque inaceptable a la credibilidad del colectivo arbitral, de modo que no pueden quedar amparadas bajo el paraguas de la libertad de expresi?n".



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