منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا Todo lo que necesitas saber para alquilar una vivienda
Reem Senior Member

A continuaci?n, te contamos todo sobre la regulaci?n actual del alquiler de inmuebles y lo que necesitas tener en cuenta para conocer tu nivel de riesgo legaly evitar cualquier sorpresa.

?Qué documentos se necesitan para formalizar un contrato de alquiler? ?Qué cl?usulas son abusivas? ?Qué requisitos tengo que cumplir para solicitar un bono de ayuda al alquiler?

Menos gastos de entrada, mayor libertad y flexibilidad, ayudas e incentivos… alquilar una vivienda cuenta con grandes ventajas. Sin embargo, en el proceso pueden surgirte muchas dudas.

Descubre aqu? si est?s cubierto a nivel legal para alquilar una vivienda

  • Mi casero me quiere subir el alquiler por la inflaci?n tan alta que hay, ?es legal?
  • Mi casero ha entrado en casa sin mi permiso, ?qué puedo hacer?
  • Se ha roto la lavadora. ?Quién debe pagar la reparaci?n?
  • Mi casero ha fallecido, ?qué debo hacer?
  • Mi inquilino no me paga las mensualidades, ?qué puedo hacer?
  • Mi inquilino tiene animales en casa sin haberle dado permiso para ello, ?puedo cancelar el contrato?
  • Mi inquilino ha subarrendado una de las habitaciones del piso sin mi permiso, ?es legal?
  • Mi inquilino ha hecho una peque?a reforma en el piso sin mi permiso, ?es legal?
  • Mi inquilino ha dejado la vivienda en mal estado tras su marcha, ?qué puedo hacer?
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?Qué debes saber antes de alquilar un piso? Estos son tus obligaciones y tus derechos.

Ya seas arrendador o arrendatario de una vivienda, la ley te garantiza una serie de derechos y obligaciones. La LAU, (Ley de Arrendamientos Urbanos) es la ley que rige un contrato de arrendamiento.

Esta ley, 29/1994 de 24 de noviembre, ha sufrido una ?ltima aplicaci?n en virtud del Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda, con entrada en vigor el 6 de marzo de 2019, y, por lo tanto, es la que se aplica a los contratos de arrendamiento firmados a partir de dicha fecha.

A la hora de formalizar el alquiler de una vivienda, el propietario solicitar? una serie de documentos. Tu identificaci?n personal (DNI, permiso de trabajo y/o residencia) y la documentaci?n que verifique tu capacidad econ?mica (n?minas, contrato de trabajo, declaraci?n de la renta, etc.). El arrendador podr?, adem?s, solicitar un aval bancario o fiador personal.

Duraci?n de mi contrato de alquiler

La reforma de la LAU establece que el arrendatario tiene derecho a dar por terminado el contrato una vez transcurrido los seis primeros meses a la firma del documento.*

As?, podr?s dejar el piso si deseas hacerlo, pero tendr?s que preavisar al propietario con, al menos, un mes de antelaci?n. Si no cumplen con los plazos establecidos, el due?o estar? en todo su derecho de cobrarte los d?as que falten hasta completar los treinta estipulados.

Por otro lado, tu contrato de arrendamiento podr? prorrogarse anualmente cinco a?os (si el arrendador es persona f?sica) o siete a?os (si el arrendador es persona jur?dica o sociedad), salvo que el casero (o sus familiares en primer grado por consanguinidad o c?nyuge) la necesiten para vivir en ella. Para que esta excepci?n pueda operar es necesario haber incluido esta posibilidad por escrito en el contrato.

Atrévete a dar el paso

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Abono de la fianza

La Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la exigencia y prestaci?n de una fianza equivalente a un mes de renta al entrar a vivir en la casa. Cuando abandones la vivienda, tienes derecho a recuperar la fianza depositada, trascurrido un mes desde que se hayan entregado las llaves y siempre que esté en buenas condiciones.

Abono de la renta del alquiler

Como inquilino de una vivienda, deber?s pagar mensualmente (normalmente en los siete primeros d?as del mes) la renta del alquiler establecida en el contrato, hacerte cargo de los suministros domésticos como el agua, la luz y el gas y dejar la vivienda en las mismas condiciones en las que la encontraste cuando entraste a vivir en ella.

Una buena forma de vivir mejor

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Distribuci?n de los gastos

Normalmente, el inquilino se encarga de las peque?as reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda y las que le sean imputables por un mal uso por su parte (culpa o negligencia) en la vivienda alquilada.

Ante la aparici?n de un desperfecto importante en la vivienda, debes comunicarlo lo m?s r?pido posible, solicitando su reparaci?n. Si se rompe la caldera o una tuber?a que nos inutiliza el ba?o, por ejemplo, podr?s exigir al casero que lo repare y este deber? hacerlo sin subir la renta. Siempre y cuando, claro, no se haya producido por un uso negligente del arrendatario.

Ayudas al alquiler 2023: as? es como se puede solicitar el bono joven de alquiler

Desde el 1 de enero de 2023 ya est? en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 que pone a disposici?n de los ciudadanos numerosas ayudas para afrontar la situaci?n de inestabilidad econ?mica.

En la partida destinada a la vivienda, que se ha incrementado un 5,4%, se introducen ayudas al alquiler para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda a sectores de poblaci?n con escasos medios econ?micos. Las ayudas ser?n las siguientes:
  • Para los mayores de 65 a?os: hasta el 50% de la renta mensual
  • Para el tramo comprendido entre los 601 euros y los 900 euros (en determinados ?mbitos dependiendo de cada comunidad): hasta el 30% del alquiler.
  • De manera general: hasta el 40% de la renta mensual.
Pareja Cajas Leg?litas

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Requisitos para solicitar el bono joven de alquiler

El Bono Alquiler Joven busca facilitar el acceso a la vivienda de los j?venes, tanto con ayudas directas como incrementando las viviendas sociales a precios asequibles. Con esta ayuda se busca allanar el acceso a la vivienda o habitaci?n, ya sea en régimen de alquiler o de cesi?n de uso, a j?venes con medios econ?micos escasos.

Podr?n solicitar el cheque de 250 euros mensuales durante un plazo de 2 a?os todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos.
  • Poseer la nacionalidad espa?ola, la de alguno de los Estados miembros de la Uni?n Europea o del Espacio Econ?mico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicaci?n. Los extranjeros no comunitarios deber?n hallarse en situaci?n de estancia o residencia regular en Espa?a.
  • Tener entre 18 y 35 a?os en el momento de solicitar la ayuda.
  • *Acreditar sus rentas de trabajo.
  • Disponer al menos de una fuente regular de ingresos iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador P?blico de Renta de Efectos M?ltiples), umbral que podr? aumentar hasta 4 o 5 veces, para casos de personas con discapacidad o v?ctimas de violencia de género.
  • La renta arrendaticia o precio de cesi?n de la vivienda objeto del contrato no podr? superar los 600 euros mensuales. En el caso de alquiler de habitaci?n esta renta o precio deber? ser igual o inferior a 300 euros mensuales. A nivel auton?mico se podr? aumentar el l?mite m?ximo de las referidas cuant?as hasta 900 euros o hasta 450 euros mensuales.
El alquiler de la vivienda so?ada est? cerca

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  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir como arrendatario un contrato de arrendamiento de vivienda o, en calidad de cesionario, de un contrato de cesi?n de uso.
  • La vivienda arrendada deber? tener la consideraci?n de vivienda habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda y ser? compatible con otras ayudas.
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