منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا Persecuci?n en el coto de caza, cabezas de gamos decapitadas y una condena de 8.000 e
Reem Senior Member

Cuatro cazadores furtivos han sido condenados a pagar 2.055 euros cada uno por abatir sin autorizaci?n un gamo y dos venados en un coto privado de caza de Almadén (Ciudad Real), adem?s de ser inhabilitados para ejercer la caza durante dos a?os. As? lo establece la Audiencia Provincial de Ciudad Real en una sentencia donde tumba el recurso presentado por los condenados.

Los hechos se remontan al 15 de noviembre de 2018, cuando los cazadores entraron en un coto privado propiedad de la entidad Minas de Almadén y Arrayanes con un veh?culo A8 y un rifle de caza NEF Calibre 243, abatiendo varios ejemplares.

Una patrulla del Seprona les pill? 'in fraganti', y se produjo a continuaci?n una persecuci?n por el coto que termin? con los acusados abandonando el veh?culo. En el maletero del mismo, los agentes encontraron la cabeza decapitada de uno de los animales abatidos. El resto de ejemplares fueron encontrados en el coto.

Condena

Tras ser denunciados, el juzgado de lo penal n?mero 1 de Ciudad Real conden? el 8 de julio de 2022 a los cuatro como autores responsables de un delito contra la fauna a la pena de multa de seis meses y un d?a con cuota diaria de seis euros (1.080) as? como una indemnizaci?n conjunta por responsabilidad civil a la entidad propietaria del coto de 3.900 euros.

La defensa de los condenados recurri? la sentencia por dos cuestiones de ?ndole estr?ctamente jur?dica argumentando que no estaba concretado en la legislaci?n auton?mica el concepto de "terrenos sometidos por regimen cinegético especial" y por no haberse podido acreditarse que el terreno donde se abatieron los animales fuera un coto de caza.

Coto privado

Ambos recursos fueron tumbados por la Audiencia Provincial ya que la legislaci?n aplicable en este caso est? recogida en el art?culo 8 de la Ley de Caza de 1970 y en el reglamento de caza de Castilla la Mancha de 1996, contemplando ambos que un coto de caza es un terreno sometido a régimen especial. También qued? acreditado, seg?n la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso El Peri?dico de Espa?a, del mismo grupo editorial que este diario, que la caza se produjo en un coto privado, tal y como refirieron en su atestado los agentes del Seprona.

"Los recurrentes se fueron a cazar en terreno cinegético, que era coto privado de caza mayor, considerado cinegético de protecci?n especial, pero sin autorizaci?n alguna de su titular. Quisieron aprovecharse de la zona para cazar sin derecho, permiso o autorizaci?n alguna. Quisieron hacerlo en zona cinegética en coto privado de caza. Existi? un "aprovechamiento" del "aprovechamiento cinegético" que compete en exclusiva al titular del coto, permitiendo el ordenamiento jur?dico otorgar a los titulares de estos terrenos de una especial protecci?n ante situaciones como la descrita en los hechos probados, y qued? acreditado que la caza se produce en un coto privado", concluye la sentencia de la Audiencia Provincial.



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