منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا El Supremo rebaja una séptima condena por la ley del 'S? es s?'
Reem Senior Member

Cuando el goteo de rebajas de condenas por delitos sexuales por la aplicaci?n de la ley del 'S? es s?' empezaba, el Gobierno puso sus esperanzas en el Tribunal Supremo. Desde la entrada en vigor el pasado mes de octubre la Sala de lo Penal ha revisado 15 sentencias y ha mantenido las condenas en ocho casos y la ha rebajado en siete. La ?ltima reduce de 8 a 6 a?os de prisi?n la pena impuesta a un hombre como autor de un delito de abuso sexual a un menor que contaba 12 a?os de edad en el momento de los hechos, con la atenuante de reparaci?n del da?o, al entender m?s beneficiosa la nueva norma.

Esta sentencia se suma a los m?s de 400 condenados se han visto beneficiados por la aplicaci?n de esta norma por los distintos Tribunales Superiores de Justicia, seg?n el ?ltimo c?mputo publicado por Europa Press, que cifra en 28 el n?mero de personas excarceladas.

La sentencia que revisa ahora el Supremo declar? probado que el hombre contact? con el menor a través de Instagram y se cit? con él en un parque, donde se besaron en los labios y el hombre masturb? y realiz? una felaci?n al menor, pidiéndole a continuaci?n que le hiciese una penetraci?n anal, que no lleg? a culminarse.

El Supremo considera que la Audiencia de Madrid, al individualizar la pena en la horquilla resultante con la legislaci?n anterior, de ocho a diez a?os de prisi?n, estim? que, a la vista de los hechos declarados probados, aun cuando la reparaci?n del da?o era meramente parcial, teniendo en cuenta la madurez relativa del menor y su consentimiento para realizar los actos de naturaleza sexual, deb?a imponerle solo ocho a?os.

M?nimo de la horquilla

Como la ley del 'S? es s?' introduce una horquilla de seis a doce a?os de prisi?n para este caso debe rebaj?rsele la pena al l?mite m?nimo de esa horquilla, porque “tanto la afirmada madurez relativa del menor, como su activo consentimiento en la relaci?n sexual objeto de condena, abogan por esa imposici?n m?nima”.

La sentencia rechaza el resto de motivos del recurso de casaci?n del acusado y considera suficientes las pruebas en su contra: las manifestaciones del propio menor y de su hermano, as? como las conversaciones telem?ticas mantenidas por el acusado y la v?ctima antes y después de su encuentro, que corroboran y concuerdan con lo expuesto por el menor y que por s? solas tienen un fuerte contenido incriminatorio.

Adem?s, el acusado reconoci? haber remitido al menor las fotograf?as que obran en autos, singularmente la del pene en erecci?n de un var?n, motivo por el que fue condenado por un delito de provocaci?n sexual a una multa de 1.440 euros, aspecto de la sentencia que no recurri?. El condenado deber? pagar también una indemnizaci?n de 10.000 euros a la v?ctima, de los que pag? 3.000 antes del juicio, lo que le sirvi? de atenuante.



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