منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا ?Tengo derecho a cobrar la paga extra si estoy de baja laboral? Estos son los requisi
Reem Senior Member

Cada diciembre, algunos trabajadores y pensionistas reciben una paga extra junto a su n?mina. Sin embargo, siguen surgiendo dudas cada vez que se acerca el momento de cobrarla. Una baja laboral es una situaci?n en la que el trabajador queda incapacitado para realizar el trabajo. La pregunta es clara: ?Puedo cobrar la paga extra aunque esté de baja?

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Cobrar la paga extra estando de baja laboral

La paga extra se compone del salario base, con el que se cotiza en las n?minas, y también de los complementos especiales. La paga extra nunca puede ser inferior al Salario M?nimo Interprofesional (SMI), que ahora mismo est? fijado en 1.080 euros.

Al estar reconocida como un derecho del trabajador, la respuesta a la pregunta formulada al principio es clara: por supuesto que s?, estando de baja se cobra la paga extra. Que un contrato se encuentre suspendido temporalmente por una baja médica no es significativo para poder disfrutar de uno de los derechos reconocidos en el estatuto de los trabajadores a todos aquellos asalariados que tienen su salario anual prorrateado en un m?nimo de 14 pagas.

La paga extra se cobra cuando la incapacidad para realizar el trabajo llega de repente por enfermedad com?n, enfermedad laboral, accidente profesional o accidente laboral.

Requisitos para cobrar la paga extra estando de baja laboral

Son muy b?sicos, pero hay que tener en cuenta los siguientes requisitos para que el cobro de la paga extra se realice sin problemas mientras estamos de baja laboral:

  • La duraci?n m?xima de la incapacidad debe ser de 365 d?as, con posibilidad de pr?rroga hasta otros 180 d?as m?s
  • Para cobrar la paga extra estando de baja es necesario haber cotizado, al menos, un per?odo de 180 d?as en los ?ltimos 5 a?os
  • El trabajador est? obligado a encontrarse dado de alta o en situaci?n asimilada en la Seguridad Social
La fecha de la paga extra de Navidad

El sistema de la Seguridad Social ingresa de forma general 14 pagas a lo largo de los 12 meses del a?o, siendo extra en junio y noviembre. La Tesorer?a General (TGSS) debe ingresar el pago de las pensiones entre el primer y cuarto d?a h?bil del mes siguiente junto a la cuant?a mensual correspondiente. Es decir, del 1 al 4 del mes siguiente aunque en la pr?ctica se adelanta a esa fecha y las abona desde el d?a 25 de cada mes.



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