منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا El empresario Julio Ariza, inhabilitado y condenado a responder con 4,5 millones por
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El juez de lo Mercantil n?mero 11 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, ha resuelto declarar la culpabilidad del empresario y ex diputado del PP en el Parlament de Catalu?a Julio Ariza en el concurso de acreedores de la mercantil Intereconom?a Corporaci?n S.A., de la que es administrador ?nico. Como consecuencia de ello, es inhabilitado durante dos a?os para administrar bienes ajenos o "representar a cualquier persona durante el mismo periodo" y se le condena a responder de la cobertura del déficit concursal en la suma de 4.492.011´31 euros.

La resoluci?n, a la que ha tenido acceso El PERI?DICO DE ESPA?A, del Grupo Prensa Ibérica, se realiza a petici?n de la Fiscal?a, que durante el proceso atribuy? al empresario, habitual en los medios de comunicaci?n, un retraso a la hora de reconocer la situaci?n patrimonial de la empresa, que agrav? su insolvencia hasta superar los 11 millones de euros. Contra la decisi?n cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La sentencia matiza estas cifras, si bien considera acreditado que, en este caso, se aprecia que que fue precisamente la "falta de presentaci?n del concurso por parte del ?rgano de administraci?n, lo que llev? a la agravaci?n de la situaci?n de insolvencia situ?ndose el pasivo exigible al cierre de 2013 en 40.323.262´78 euros, e increment?ndose a cierre de 2014 hasta situarse en 44.815.274´09 euros, habiéndose agravado la insolvencia en 4.492.011´31 euros". Por ello, acuerda la consecuencia indemnizatoria solicitada por la Administraci?n Concursal.

Incumplimiento de plazos

La justicia sit?a la insolvencia de Intereconom?a en el cuarto trimestre de 2013, "al haberse producido un impago de las obligaciones tributarias exigibles durante tres meses anteriores a la solicitud de concurso". Al presentarse la solicitud de concurso el 20 de marzo de 2015, debe entenderse, seg?n el juez, que "la concursada incumpli? el plazo para presentar la solicitud de concurso, concurriendo la causa de culpabilidad del concurso" prevista en la ley.

En cuanto a la inhabilitaci?n, el juez aplica el art?culo 455.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece que la sentencia que califique el concurso como culpable conlleva la inhabilitaci?n de las personas naturales afectadas por la calificaci?n para administrar los bienes ajenos durante un per?odo de dos a quince a?os, as? como para representar a cualquier persona durante el mismo per?odo.

En su informe, que respalda el juez, el Ministerio P?blico defend?a que a entidad ostenta el control de, al menos, Intereconom?a Radio S.L. y de Intereconom?a Business Media S.L. Esta situaci?n exig?a, a juicio del administrador concursal, que resultara obligado la formulaci?n de cuentas anuales consolidadas, ya que ello hubiera dado una imagen m?s realista del grupo.



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