منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا La justicia dictamina que el agitador Alvise vulner? el honor de la periodista Pastor
Reem Senior Member

La Audiencia Provincial de Madridha dictaminado que el agitador en redes sociales Alvise Pérez vulner? el derecho al honor de la periodista Ana Pastor al se?alar en varios mensajes en la red social Twitter, sin sustentarlo con pruebas, que Newtral no pagaba impuestos o era gestionado de manera irregular. Adem?s de retirar los mensajes,deber? pagarle 1.000 euros de indemnizaci?n.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERI?DICO DE ESPA?A, del grupo Prensa Ibérica, declara la existencia de intromisi?n ileg?tima en el honor de la periodista por parte tanto de Alvise como de Pablo Fern?ndez Baca, autor de alguno de los mensajes, y les condena a publicar la sentencia "con la misma difusi?n p?blica" y a retirar sus actuaciones tanto en Twitter como en el canal de YouTube perteneciente a Fern?ndez Baca.

La decisi?n de la Secci?n Decimonovena de la Audiencia de Madrid revoca una sentencia anterior favorable a Alvise que fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia n?mero 83 de Madrid.

Seg?n la periodista, se pretend?a atribuirle una serie de actuaciones delictivas relacionadas sobre la llevanza no sujeta a las reglas generales de la contabilidad de Newtral sobre las que los internautas no proporcionaban dato alguno.

Insinuaciones de sospecha

El objetivo, seg?n la sentencia, era cuestionar las cuentas de Newtral de 2018 publicadas en el Registro Mercantil, la regularidad contable de la sociedad o el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Sin embargo, trufaron sus mensajes de insinuaciones, presentando como sospechosa la r?pida evoluci?n de sus beneficios unida a la ausencia de empleados.

Los mensajes, a juicio del tribunal, no expresan la ideolog?a de sus autores "sino que exponen y comentan datos econ?micos de la sociedad y los v?nculos de personas del entorno de la demandante con un partido pol?tico, sugiriendo que estos v?nculos favorecen la obtenci?n de beneficios que no se justifican y que no se observan los deberes tributarios".

La Sala entiende que se ha producido la intromisi?n ileg?tima en el derecho al honor de la demandante mediante las publicaciones y v?deo y por ello revoca la sentencia de instancia, "con el fin de restablecer a la perjudicada en el pleno disfrute de sus derechos".



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