منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا La Justicia establece la protecci?n cautelar del monumento a Franco de Santa Cruz de
Reem Senior Member

ElTribunal Superior de Justicia (TSJC) ha establecido la protecci?n cautelar del monumento a Franco situado en la avenida de Anaga, en Santa Cruz de Tenerife, impidiendo as? su eliminaci?n hasta que se resuelva el procedimiento judicial abierto sobre la posible declaraci?n como Bien de Interés Cultural (BIC) del mismo, por parte del Cabildo.

En concreto, el TSJC ha estimado el recurso presentado por la Asociaci?n para la Investigaci?n y Protecci?n del Patrimonio Hist?rico San Miguel Arc?ngel, que defiende el interés cultural de la estatua realizada por el artista Juan de ?valos Garc?a-Taborda. Por lo tanto, de momento, el monumento a Franco ubicado en la confluencia de la Rambla de Santa Cruz y la avenida de Anaga, denominado*Monumento del ?ngel,*no podr? ser derribado a pesar de estar incluido en el cat?logo de vestigios franquistas de la capital tinerfe?a elaborado por el Gobierno de Canarias.

El pasado 9 de marzo de 2022, el Cabildo de Tenerife dict? una resoluci?n denegando la incoaci?n del expediente de declaraci?n como BIC de este monumento, solicitada por la citada asociaci?n, protecci?n que también hab?a reclamado la Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arc?ngel. La Corporaci?n insular aleg? que hab?a decidido no elevar al Gobierno regional la declaraci?n de Bien de Interés Cultural de la escultura por "carecer de valores art?sticos excepcionales". Indic? que tanto el estudio realizado por la Universidad de La Laguna como el informe de la Unidad Técnica de Patrimonio Hist?rico hab?an sido "determinantes" para tomar tal decisi?n.

La Asociaci?n San Miguel Arc?ngel también acudi? a la Justicia para exigir la tramitaci?n del expediente de la declaraci?n de BIC del monumento a Franco de Santa Cruz, solicitando la medida cautelar para "dejar en suspenso la resoluci?n del Cabildo". Sin embargo, el Juzgado n?mero 3 desestim? esta petici?n. La asociaci?n present? un recurso de apelaci?n, que es el que ahora ha estimado el TSJC, estableciendo la protecci?n cautelar de la escultura "en tanto se discute el fondo de la cuesti?n", es decir, el posible interés cultural de la misma.

En la sentencia se indica que no se est? discutiendo la confrontaci?n del monumento con la Ley de Memoria Hist?rica, "algo que generar?a una indudable apariencia de buen derecho a favor de la administraci?n", sino el posible interés cultural que pueda tener, "toda vez que es la propia Ley de Memoria Democr?tica la qe pone freno a posibles excesos que pretendan la destrucci?n de algo que se considere de interés cultural o art?stico". La Sala recuerda que la ley prevé la posibilidad de reinterpretaci?n o resignificaci?n del monumento "en otro sentido al que pudiera tener como monumento franquista".



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