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منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا El Constitucional quiere escuchar a Garc?a Ortiz antes de abordar una revisi?n del si
Reem Senior Member

El Tribunal Constitucional quiere o?r al fiscal general del estado, ?lvaro Garc?a Ortiz, antes de decidir si aborda una revisi?n de las normas que regulan a quién corresponde la competencia para imponer castigos disciplinarios a los fiscales, as? como aclarar qué ?rgano es el que tiene potestad para revisar estas decisiones.

El control constitucional sobre estas normas de revisi?n interna de la labor de los fiscales coincide con el impulso dado por el Gobierno a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dirigida a otorgar la instrucci?n penal a los fiscales, lo que precisar?a seg?n todos los operadores jur?dicos una reforma estatutaria. Los cambios deber?an afectar a la autonom?a de los fiscales frente a sus superiores pero también aclarar los procedimientos disciplinarios, seg?n defiende la propia carrera.

El caso que ha llegado al Tribunal Constitucional implica también un posible acoso hacia una fiscal de Toledo que fue sancionada con 1.500 euros por retrasos en su trabajo, pese a que se encontraba de baja por un embarazo de riesgo. No obstante, la duda planteada por el propio Tribunal Supremo al ?rgano de garant?as trasciende este caso y se centra en un art?culo concreto del estatuto fiscal, el n?mero 67, que es el que genera dudas de constitucionalidad.

Esta norma se?ala dice que las resoluciones del Fiscal General del Estado, como es el caso de las sanciones," ser?n recurribles en alzada ante el Ministro de Justicia". La cuesti?n es que una reciente reforma de la ley de jurisdicci?n contencioso-administrativa, operada en 2022, atribuye al Tribunal Supremo la competencia para conocer los actos del fiscal general, mientras que otro inciso de esta ley dice que es la Audiencia Nacional la competente para revisar decisiones de los ministros que supongan una rectificaci?n.

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El alto tribunal quiere aclarar este asunto antes de resolver el caso concreto de la fiscal de Toledo, cuya sanci?n fue impuesta por resoluci?n del secretario de Estado de Justicia (por delegaci?n de la entonces ministra). En este documento, el cargo ministerial rechaza un recurso anterior presentado por esta fiscal contra la multa que le hab?an impuesto el fiscal general del Estado.

Para los magistrados del Tribunal Supremo es un "hecho notorio" que en el sistema administrativo espa?ol el recurso de alzada se suscita ante el ?rgano superior jer?rquico del que dict? el acto impugnado. A?aden que no existe el ordenamiento espa?ol disposici?n alguna que confiera al ministro de Justicia el car?cter de superior jer?rquico del fiscal general del Estado, a salvo de la disposici?n del Estatuto del Ministerio Fiscal que ahora se cuestiona. También alude el Supremo al art?culo 124.2 de la Constituci?n encuadra al Ministerio Fiscal en el T?tulo VI, del Poder Judicial, atribuyéndole “?rganos propios”, por lo que deben ser esos ?rganos propios los que resuelvan los conflictos en este caso en el ?mbito disciplinario sin interferencia del Ministro de Justicia.

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Para el alto tribunal, “tal contradicci?n debe ser resuelta por el Tribunal Constitucional al no poder quedar a disposici?n del Fiscal General del Estado la decisi?n de la concesi?n, en ocasiones, de recurso de alzada ante el Ministro de Justicia o de reposici?n ante el propio ?rgano, en contradicci?n con lo regulado en el Estatuto Org?nico del Ministerio Fiscal”. El auto recuerda adem?s la problem?tica competencial derivada de la atribuci?n a la Audiencia Nacional de los actos de los Ministros.

?Hubo acoso?

En el caso concreto, la defensa de la fiscal sancionada defiende que pudo existir por parte del fiscal jefe de Toledo, Antonio Huélamo, una conducta de acoso hacia su subordinada. La fiscal rebate la multa asegurando que no fue m?s que la consecuencia de sus quejas tras pretender su jefe que siguiera despejando asuntos desde su domicilio a pesar de encontrarse de baja por un embarazo de riesgo.



Durante la vista por este asunto, celebrada el pasado 11 de octubre en el alto tribunal, el fiscal jefe cuestionado neg? haber pedido a la fiscal que trabajara desde casa durante su baja médica. Seg?n su versi?n, la fiscal le advirti? un d?a antes de que se ir?a de baja por un embarazo de alto riesgo y él se limit? a comentarle que "en la medida de lo posible", despejara antes los asuntos que tuviera pendientes. Antes de dictar sentencia, el Supremo quiere saber si la norma aplicada cumple con los est?ndares de constitucionalidad.





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