منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا El Supremo rechaza el intento de Gonzalo Boye de librarse del juicio por blanqueo del
Reem Senior Member

El Tribunal Supremo ha confirmado la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar al abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, por los delitos de blanqueo de capitales y falsedad documental en la misma causa en la que se juzgar? al que era también su cliente, Jose Ram?n Prado Bugallo, 'Sito Mi?anco', y a otras 45 personas por delito de tr?fico de drogas en relaci?n con la presunta introducci?n en Espa?a de casi 4 toneladas de coca?na y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos.

El tribunal rechaza el recurso de casaci?n que present? Boye contra la decisi?n de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de su Sala de Apelaci?n de rechazar el art?culo de previo pronunciamiento planteado por el procesado. Boye solicitaba que se estimara la excepci?n de cosa juzgada y que la Audiencia declinara su jurisdicci?n a favor de los juzgados de instrucci?n de Madrid.

En su escrito el recurrente argumentaba que la Audiencia Nacional perdi? la competencia para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales porque esta investigaci?n se hab?a tramitado mediante una pieza separada de la causa principal por delito de tr?fico de drogas. Seg?n el letrado, los dos delitos no son conexos y por consiguiente no deber?an ser enjuiciados de forma conjunta.

La sentencia, redactada por el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, confirma el enjuiciamiento conjunto de toda la causa e indica que “es dif?cil de encontrar un ejemplo m?s apropiado de conexidad que el que vincula al delito de blanqueo de capitales con el tr?fico de drogas que constituye su precedente”.

Para la Sala, la competencia objetiva para conocer el delito principal “se extiende a los delitos conexos y, desde luego, entre los delitos imputados en la presente causa- tr?fico de drogas y blanqueo de capitales- existe una relaci?n inescindible que convierte el enjuiciamiento conjunto en una garant?a para el propio acusado”.

Por todo ello la Sala concluye que la Audiencia Nacional es el tribunal competente predeterminado y se?ala que est? integrado por magistrados sujetos al mismo estatuto de responsabilidad e inamovilidad que los adscritos a la Audiencia Provincial de Madrid.



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