منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا Los pensionistas que tendr?n que presentar su fe de vida antes del 31 de marzo de 202
Reem Senior Member

La acreditaci?n de vivencia o fe de vida, es una documentaci?n que deben presentar los jubilados y pensionistas de la Seguridad Social que residen fuera de Espa?a. As?, las personas que sean beneficiarios de una pensi?n no contributiva, deben demostrar cada a?o que siguen con vida y que, por lo tanto, mantienen el derecho a percibir el subsidio que corresponde.

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Este documento tiene que ser presentado anualmente durante el primer trimestre, antes del 31 de marzo. En caso contrario, la pensi?n quedar? suspendida temporalmente y el pensionista recibir? un aviso para presentar la acreditaci?n en nuevo plazo estipulado por la administraci?n.

La Seguridad Social explica en su p?gina web que la fe de vida se debe presentar en la Direcci?n Provincial del INSS. "Alternativamente, los pensionistas residentes en el extranjero pueden acreditar su vivencia ante los Encargados del Registro Civil Consular, y mediante la comparecencia presencial o telem?tica ante las Consejer?as o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social", detalla el organismo.

Cualquier modificaci?n en la direcci?n, situaci?n personal o econ?mica, debe ser notificada a la entidad correspondiente en un plazo de 30 d?as. En caso de estar suspendido temporalmente, el pensionista dispone de un plazo m?ximo de 90 d?as para presentar la documentaci?n y recuperar las mensualidades perdidas con la suspensi?n.



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