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Reem 01-20-2024 08:13 AM

El ?ltimo aviso del Banco de Espa?a a los que tienen domiciliados los recibos de luz
 
Una pr?ctica muy com?n en Espa?a es realizar los pagos de facturas a través de domiciliaci?n bancaria que solicita el requerimiento del usuario a la diferente entidad financiera. Esto ocurre, sobre todo, con el pago de algunos suministros b?sicos del hogar como la luz y el agua.

En este sentido, el Banco de Espa?a recuerda que los espa?oles tienen derecho a poder devolver puntualmente alguno de estos recibos si as? lo consideran oportuno.

Ahora bien, realizar esta acci?n puede suponer unas graves consecuencias para el usuario, ya que en caso de no explicar bien los motivos a las entidades, existe un riesgo que las compa??as de luz, agua o telefon?a consideren que se renuncia a los servicios y decidan cortar el suministro.

Por otra parte, si se realiza una devoluci?n de la factura a un organismo p?blico las consecuencias pueden ser la pérdida de alg?n tipo de subvenci?n que estemos recibiendo o que se apliquen recargos.

Requisitos para solicitar la devoluci?n de un recibo

Tal y como explican desde el Banco de Espa?a, hay que cumplir dos requisitos para solicitar la devoluci?n de un recibo, siempre que este haya sido autorizado con anterioridad: el primero de ellos es que el usuario no tenga informaci?n del cargo realizado y la segunda es que tras varios pagos de una cantidad que sea superior a lo habitual no se disponga de un recibo.

Para evitar que se produzcan consecuencias de la devoluci?n del recibo, el Banco de Espa?a recuerda que se indique claramente la causa de devoluci?n. "La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devoluci?n de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender", explican desde la entidad p?blica.

Seg?n la normativa,*los plazos de*devoluci?n de los recibos por parte de los usuarios es entre ocho semanas y trece meses, siempre dependiendo si los cargos que se han realizado contaban con una autorizaci?n previa. Adem?s, en el caso de que no este autorizado,*el banco dispone de 10 d?as h?biles para devolver el importe cobrado*o en otro caso justificar su recibo.

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