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ãÔÇåÏÉ ÇáäÓÎÉ ßÇãáÉ : El TC tendr? la ?ltima palabra sobre el impuesto a las grandes fortunas y la ley de m


Reem
04-18-2023, 12:11 PM
El Tribunal Constitucional tendr? la ?ltima palabra en dos de las leyes m?s paradigm?ticas del Gobierno de Pedro S?nchez. El pleno del tribunal de garant?as ha admitido a tr?mite los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Comunidad de Madrid y la Xunta de Galicia contra el impuesto previsto para las grandes fortunas y el del Grupo Parlamentario Popular contra la ley de Memoria Democr?tica.

En la misma sesi?n los 11 magistrados que forman actualmente el pleno han considerado que hay motivos para admitir las impugnaciones presentados y as? revisar la ley aprobada el pasado diciembre por la que se prevé "el establecimiento de grav?menes temporales energéticos y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias".

No obstante, el tribunal rechaza suspender la norma como ped?a el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en aplicaci?n de su doctrina. Madrid alega que la citada ley podr?a vulnerar, entre otros, el principio de seguridad jur?dica, los de capacidad econ?mica y no confiscatoriedad y la autonom?a pol?tica y financiera de las comunidades aut?nomas. La Xunta de Galicia también alega la inconstitucionalidad del impuesto temporal de solidaridad de grandes fortunas pero a diferencia del recurso madrile?o no solicita la suspensi?n de la norma.

El pleno, adem?s, desestima el recurso de s?plica presentado por el Consejo de Gobierno de Andaluc?a contra la providencia del pasado marzo, en el que deneg? la suspensi?n cautelar del impuesto a las grandes fortunas. El Constitucional explica que la denegaci?n de la medida cautelar responde a la manifiesta falta de cobertura de la ley reguladora del propio tribunal para suspender la eficacia o la ejecuci?n de leyes estatales, a diferencia de las auton?micas cuando son puestas en cuesti?n por el Gobierno central.

Se?ala que “la resoluci?n apropiada para denegar la solicitud realizada por el recurrente era la providencia, pues el sentido de la decisi?n del tribunal era ?nicamente el de constatar, sin m?s, la imposibilidad jur?dica a priori de proceder del modo interesado por la parte actora, sin que hubiera por tanto, posibilidad alguna de entrar a dar respuesta a los argumentos esgrimidos a favor de su adopci?n”. La decisi?n adoptada era, por tanto, seg?n el Constitucional, una consecuencia autom?tica del régimen legal aplicable.

Recurso del PP

El pleno del tribunal también ha admitido a tr?mite del recurso de inconstitucionalidad promovido por m?s de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular contra la ley de Memoria Democr?tica. Los recurrentes consideran que la ley podr?a ser contraria al art?culo 1.1 de la Constituci?n y que infringe derechos fundamentales como la libertad ideol?gica, la libertad de expresi?n y de creaci?n literaria y cient?fica, la libertad de ense?anza y la libertad de c?tedra.

También alegan que la norma con la que se pretende resarcir definitivamente a las v?ctimas del régimen franquista no respeta el orden constitucional de distribuci?n de competencias, la reserva de ley org?nica ni la autonom?a municipal.



ÃßËÑ... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/tc-tendra-ultima-palabra-impuesto-86161770)