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مشاهدة النسخة كاملة : El fiscal general rechaza aplicar la rebaja de la malversaci?n a los l?deres del proc


Reem
01-17-2023, 10:01 AM
La fiscal?a del Tribunal Supremo solicitar? que la sentencia del procés, tras la entrada en vigor de la reforma del C?digo Penal, sea revisada en el sentido de que la conducta que fue castigada con el delito derogado de sedici?n lo sea ahora con el nuevo delito de des?rdenes p?blicos agravados y que la malversaci?n de caudales p?blicos se pene conforme su forma m?s grave, lo que supondr? que las penas de inhabilitaci?n impuestas por el 1-O no se modifiquen, confirmaron fuentes fiscales a El Peri?dico de Catalu?a, del grupo Prensa Ibérica.

La propuesta de calificaci?n de los fiscales del procés, Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno, cuenta con el respaldo del fiscal general del Estado, ?lvaro Garc?a, lo que supone que este ser? el sentido con el que el ministerio p?blico informar? al requerimiento realizado por el tribunal que conden? en el Supremo a los l?deres independentistas. La Sala presidida por Manuel Marchena dio ocho d?as a las partes para pronunciarse sobre c?mo afecta a la sentencia el cambio registrado en el C?digo Penal, un plazo que finalizar? a finales de semana o a principios de la pr?xima.

En el caso de que el criterio fiscal sea el finalmente seguido por la Sala de lo Penal del Supremo, el presidente de ERC, Oriol Junqueras, no ver? modificados los 13 a?os de inhabilitaci?n que a?n est? cumpliendo, lo que le impedir? concurrir a las pr?ximas elecciones. La pena de prisi?n le fue indultada por el Gobierno de Pedro S?nchez.

No obstante, las fuentes consultadas destacan que para tener certeza sobre el tiempo de inhabilitaci?n por cumplir en el caso de los l?deres independentistas condenados deben comprobarse las disposiciones transitorias que acompa?an la reforma y su liquidaci?n de condena.

La fiscal?a, que trabaja en un decreto para unificar la postura del ministerio p?blico ante la reforma del delito de malversaci?n, considera que el tipo que introduce para castigar el haber destinado dinero p?blico a otro fin p?blico no es aplicable, porque un referéndum ilegal, como cualquier il?cito, no cumple este requisito. Expertos consultados por este diario cuando se dio a conocer las enmiendas que introduc?an el cambio legislativo ya lo advirtieron y criticaron que se trataba de un delito franquista, que se destipific? en el C?digo de 1995.

Recurrir el auto de Llarena

La posici?n del ministerio p?blico sobre el delito de des?rdenes p?blicos agravados le obliga a recurrir el auto dictado el pasado jueves por el juez instructor del procés en el Supremo, Pablo Llarena, en relaci?n con los huidos de la justicia: el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, los exconsellers Toni Com?n, Llu?s Puig y Clara Ponsat?, y la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira, que junto a la exconsellera pr?fuga se presentan como las principales beneficiadas por la reforma del Gobierno, al estar solo reclamadas por sedici?n.

Seg?n el criterio marcado por Llarena en su resoluci?n, ambas pasar?an a estar solo acusadas de un delito de desobediencia, penado con multa e inhabilitaci?n de hasta dos a?os, porque consideraba que la conducta que se castigaba con la sedici?n quedaba casi despenalizada con la reforma realizada.

En el caso de Ponsat? y Rovira ello les evitar?a el ingreso en prisi?n en caso de regresar a Espa?a, seg?n lo ocurrido con las procesadas por este delito que también huyeron: Meritxell Serret y Anna Gabriel.

No obstante, mantiene la malversaci?n que puede estar penada con hasta 12 a?os de c?rcel para los procesados por este delito, criterio que la fiscal?a comparte.



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