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مشاهدة النسخة كاملة : Condenan en M?laga a una mujer trans por abusar, cuando era hombre, de su hermanastra


Reem
03-23-2023, 06:12 PM
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc?a (TSJA) ha condenado a cinco a?os de prisi?n a una mujer transgénero por abusar, siendo hombre, de la que ser?a su hermanastra, menor de edad, con la que convivi? durante unas semanas tras escaparse esta ?ltima de un centro de acogida. As?, se estima parcialmente el recurso presentado por la defensa.

La Secci?n Tercera de M?laga conden? a esta persona por un*delito continuado de agresi?n sexual a la menor de 16 a?os,*imponiéndole diez a?os de prisi?n, as? como la prohibici?n durante 12 a?os de aproximarse a menos de 100 metros a la v?ctima o comunicarse con ella, as? como libertad vigilada durante diez a?os y al pago de 12.000 euros de indemnizaci?n.

Pero ahora,*el alto Tribunal andaluz,*al estimar el recurso de la defensa, la condena por un delito continuado de abuso sexual agravado por prevalimiento de relaci?n de superioridad, rebajando la pena de prisi?n a cinco a?os y la indemnizaci?n a 7.000 euros; aunque mantiene la prohibici?n de acercarse a la v?ctima o comunicarse con ella y la medida de libertad vigilada.

Asimismo, el TSJA cambia el relato de hechos probado y se?ala, seg?n la sentencia consultada por Europa Press, que a mediados de 2019,*la condenada, que entonces se llamaba Juan, fue a la vivienda de la madre de la menor en Antequera*(M?laga), "sosteniendo ser hijo" de esta, que lo acogi? "en su casa como tal hijo propio y por tanto como hermano de la menor".

Estuvo unos d?as y se fue, mientras que la menor fue ingresada en un centro de protecci?n de menores, del que se escap? junto a una amiga en octubre de dicho a?o, yendo a casa de la persona acusada, donde estuvo escondida, ya que era buscada por la Polic?a. Posteriormente, dice la resoluci?n, se fueron a Ronda, "pasando ambos a ocupar una vivienda", en la que permanecieron unas semanas.

Seg?n declara probado la sentencia del TSJA,*en ese tiempo que estuvieron juntos hasta que la menor fue detenida, esta persona realiz? tocamientos a la v?ctima. Para la Sala de apelaci?n estos abusos estar?an corroborados por las manifestaciones de la v?ctima, pero también por las de testigos que estuvieron con ellos durante ese tiempo.

Pero, apunta a la "inconsistencia" de sus declaraciones en el juicio y "contradicciones" respecto a la instrucci?n, lo que "empa?a la credibilidad de relevantes detalles"; as? como a un "c?mulo de divergencias fundamentales" que conllevan que "no cabe dar por probado con una m?nima certeza" que los contactos sexuales "excedieran de tocamientos externos".

Asimismo, apunta que aunque la sentencia no declara probado que exista con certeza esa relaci?n parental, s? se?ala que*la menor "lo ten?a en todo momento como vinculado a ella por tal nexo fraternal, siendo de observar que a tal v?nculo se une la marcada diferencia de edad entre ambos (21 a?os) y la consiguiente capacidad para influir de modo relevante coartando la capacidad de decidir de la menor".



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