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مشاهدة النسخة كاملة : El TC rechaza suspender cautelarmente el impuesto a las grandes fortunas


Reem
03-21-2023, 12:44 PM
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr?mite el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Andaluc?a contra el impuesto a las grandes fortunas, pero ha rechazado suspenderlo de forma cautelar como pretend?a el Gobierno de Juanma Moreno.

El pleno del TC ha tomado esta decisi?n en la primera jornada de una semana en la que tiene previsto avalar ?ntegramente la ley de la eutanasia e iniciar el debate sobre la ley educativa, conocida como ley Cel?a, recurridas ambas por Vox.

Por el momento, ha acordado la admisi?n a tr?mite del recurso del Consejo de Gobierno de Andaluc?a contra el art?culo 3 de la Ley 38/2022 de 27 de diciembre, para el establecimiento de grav?menes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.

El Gobierno andaluz sostiene que esa norma vulnera la autonom?a financiera de las Comunidades Aut?nomas y del bloque de la constitucionalidad en materia de tributos cedidos.

También argumenta que hay infracci?n del derecho de representaci?n pol?tica, del principio de lealtad constitucional e institucional y del principio de seguridad jur?dica.

Ahora, una vez admitido a tr?mite, el magistrado Juan Carlos Campo, exministro socialista, ser? el ponente de la sentencia, algo que el Gobierno andaluz considera "un esc?ndalo" y un "auténtico ataque al estado de derecho".

Fuentes jur?dicas han apuntado que por el momento nadie ha presentado ninguna recusaci?n contra el magistrado, y han explicado que las ponencias se determinan por turno de reparto del tribunal conforme van llegando y no responden a ninguna decisi?n individual.

Campo se ha apartado de numerosos asuntos por estar relacionados con su gesti?n en el Ministerio de Justicia.

Por otra parte, el TC ha decidido no admitir el recurso de s?plica presentado por el PP contra la decisi?n de aceptar la abstenci?n formulada por la magistrada Concepci?n Espejel en el recurso contra la ley del aborto.

El TC ha explicado que la ley no contempla la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la decisi?n de rechazo de la abstenci?n y ha a?adido que si las partes estimasen que concurre causa de recusaci?n deber?n hacer valor su pretensi?n por esta v?a y no mediante un recurso de s?plica.

En relaci?n a este mismo asunto, el pleno ha decidido incorporar tramitar el recurso de s?plica del PP contra el rechazo del TC a admitir a tr?mite de las recusaciones formuladas contra el Presidente y tres magistrados, y dar traslado al abogado del Estado para que alegue lo que estime procedente.



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