Reem
03-15-2023, 04:54 PM
El Tribunal Supremo ya descafein? y limit? las rebajas de las penas de malversaci?n reformadas por el Gobierno en el C?digo Penal de la mano de ERC y pensadas para beneficiar a los condenados del procés en Catalu?a. Ahora, la Audiencia de Sevilla deja claro que esas rebajas en ning?n caso beneficiar?n tampoco a los condenados en el caso de los ERE.
La Secci?n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha denegado la revisi?n de las condenas con penas de c?rcel e inhabilitaci?n por el caso ERE para la exconsejera de Econom?a Carmen Mart?nez Aguayo y el ex director general de la agencia IDEA, Miguel ?ngel Serrano, ambos en la c?rcel. Una petici?n a la que se hab?an opuesto tanto la Fiscal?a Anticorrupci?n como la acusaci?n ejercida por el PP-A. Tanto Aguayo como Serrano fueron condenados a penas de c?rcel e inhabilitaci?n como autores de un delito de prevaricaci?n en concurso medial con un delito continuado de malversaci?n de caudales p?blicos.
El caso ERE y la reforma de la malversaci?n
Los dos condenados pidieron la revisi?n en relaci?n con la malversaci?n, el que conlleva la pena de privaci?n de libertad, tras la reforma de dicho delito. Alegaban que los hechos recogidos en la sentencia no se pueden subsumir en la redacci?n del art?culo 432 del C?digo Penal, tras haberse sustituido el verbo sustraer por el verbo apropiar. La Audiencia discrepa y concluye que los hechos declarados probados en la sentencia de los ERE “ponen de manifiesto de manera clara e inequ?voca tanto el procedimiento utilizado como el destino de los fondos p?blicos, y los mismos son subsumibles en el art?culo 432 del C?digo Penal vigente, en virtud de la reforma operada (…) que incluye en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administraci?n, decide darles una finalidad inequ?vocamente ilegal”.
La Audiencia insiste en que los hechos probados “integran la conducta t?pica prevista en el mismo, es decir, la utilizaci?n como propios de los fondos p?blicos apart?ndose del procedimiento establecido y el destino de los mismos, alterando y cambiando el mecanismo presupuestario de las transferencias de financiaci?n”, se?alando que “se emple? una aplicaci?n presupuestaria de forma fraudulenta permitiendo disponer como propios de fondos p?blicos para atender compromisos asumidos por la Consejer?a de Empleo, sin sujeci?n a procedimiento alguno, sin atender a los requisitos previos para su concesi?n, sin justificaci?n posterior”. La sentencia prueba que en una década se repartieron sin control ni publicidad y de forma arbitraria y discrecional un total de 680 millones de euros destinados a ayudas sociolaborales.
Puerta cerrada en el caso ERE
Los condenados pidieron acogerse a la reforma del C?digo Penal en el nuevo art?culo 433, que es el que se supuso que m?s encajar?a con hechos como los del 'procés', al referirse a casos en los que los responsables dan al patrimonio p?blico "una aplicaci?n p?blica diferente de aquella a la que estuviere destinado", pero sin apropiaci?n ni enriquecimiento personal, con lo que la pena se rebaja ostensiblemente, pasando a ser entre 1 a 4 a?os. El art?culo 432 del C?digo Penal, donde se mantiene la condena, se refiere a aquellas autoridades o funcionarios p?blicos que hayan cometido un delito de "perjuicio patrimonial" sobre bienes p?blicos, para quienes se prevén penas de prisi?n de entre 2 y 6 a?os de c?rcel, hasta ocho en determinadas circunstancias, e inhabilitaci?n para cargo p?blico de entre seis a 10 a?os.
Durante la tramitaci?n de la reforma del C?digo Penal se especul? con la posibilidad de que los condenados en la sentencia de los ERE con penas de malversaci?n pudieran modificar las penas de c?rcel aprovechando las rebajas introducidas para los pol?ticos independentistas con penas por el ‘procés’ y apelando a que tampoco en el caso de corrupci?n de Andaluc?a hab?a existido enriquecimiento personal de los condenados, ya que las ayudas fueron a desempleados incluidos en las p?lizas de los expedientes de regulaci?n de empleo. Sin embargo, tanto el Gobierno como el propio PSOE descartaron siempre de forma rotunda que esas modificaciones pudieran servir al expresidente de la Junta, José Antonio Gri??n, y al resto de exaltos cargos condenados con c?rcel por malversaci?n. Ahora la Audiencia de Sevilla confirma que esa puerta est? cerrada.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/condenados-ere-benefician-rebaja-malversacion-84693690)
La Secci?n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha denegado la revisi?n de las condenas con penas de c?rcel e inhabilitaci?n por el caso ERE para la exconsejera de Econom?a Carmen Mart?nez Aguayo y el ex director general de la agencia IDEA, Miguel ?ngel Serrano, ambos en la c?rcel. Una petici?n a la que se hab?an opuesto tanto la Fiscal?a Anticorrupci?n como la acusaci?n ejercida por el PP-A. Tanto Aguayo como Serrano fueron condenados a penas de c?rcel e inhabilitaci?n como autores de un delito de prevaricaci?n en concurso medial con un delito continuado de malversaci?n de caudales p?blicos.
El caso ERE y la reforma de la malversaci?n
Los dos condenados pidieron la revisi?n en relaci?n con la malversaci?n, el que conlleva la pena de privaci?n de libertad, tras la reforma de dicho delito. Alegaban que los hechos recogidos en la sentencia no se pueden subsumir en la redacci?n del art?culo 432 del C?digo Penal, tras haberse sustituido el verbo sustraer por el verbo apropiar. La Audiencia discrepa y concluye que los hechos declarados probados en la sentencia de los ERE “ponen de manifiesto de manera clara e inequ?voca tanto el procedimiento utilizado como el destino de los fondos p?blicos, y los mismos son subsumibles en el art?culo 432 del C?digo Penal vigente, en virtud de la reforma operada (…) que incluye en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administraci?n, decide darles una finalidad inequ?vocamente ilegal”.
La Audiencia insiste en que los hechos probados “integran la conducta t?pica prevista en el mismo, es decir, la utilizaci?n como propios de los fondos p?blicos apart?ndose del procedimiento establecido y el destino de los mismos, alterando y cambiando el mecanismo presupuestario de las transferencias de financiaci?n”, se?alando que “se emple? una aplicaci?n presupuestaria de forma fraudulenta permitiendo disponer como propios de fondos p?blicos para atender compromisos asumidos por la Consejer?a de Empleo, sin sujeci?n a procedimiento alguno, sin atender a los requisitos previos para su concesi?n, sin justificaci?n posterior”. La sentencia prueba que en una década se repartieron sin control ni publicidad y de forma arbitraria y discrecional un total de 680 millones de euros destinados a ayudas sociolaborales.
Puerta cerrada en el caso ERE
Los condenados pidieron acogerse a la reforma del C?digo Penal en el nuevo art?culo 433, que es el que se supuso que m?s encajar?a con hechos como los del 'procés', al referirse a casos en los que los responsables dan al patrimonio p?blico "una aplicaci?n p?blica diferente de aquella a la que estuviere destinado", pero sin apropiaci?n ni enriquecimiento personal, con lo que la pena se rebaja ostensiblemente, pasando a ser entre 1 a 4 a?os. El art?culo 432 del C?digo Penal, donde se mantiene la condena, se refiere a aquellas autoridades o funcionarios p?blicos que hayan cometido un delito de "perjuicio patrimonial" sobre bienes p?blicos, para quienes se prevén penas de prisi?n de entre 2 y 6 a?os de c?rcel, hasta ocho en determinadas circunstancias, e inhabilitaci?n para cargo p?blico de entre seis a 10 a?os.
Durante la tramitaci?n de la reforma del C?digo Penal se especul? con la posibilidad de que los condenados en la sentencia de los ERE con penas de malversaci?n pudieran modificar las penas de c?rcel aprovechando las rebajas introducidas para los pol?ticos independentistas con penas por el ‘procés’ y apelando a que tampoco en el caso de corrupci?n de Andaluc?a hab?a existido enriquecimiento personal de los condenados, ya que las ayudas fueron a desempleados incluidos en las p?lizas de los expedientes de regulaci?n de empleo. Sin embargo, tanto el Gobierno como el propio PSOE descartaron siempre de forma rotunda que esas modificaciones pudieran servir al expresidente de la Junta, José Antonio Gri??n, y al resto de exaltos cargos condenados con c?rcel por malversaci?n. Ahora la Audiencia de Sevilla confirma que esa puerta est? cerrada.
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