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مشاهدة النسخة كاملة : Casero ser? juzgado por prevaricaci?n y malversaci?n y pide la suspensi?n de militanc


Reem
03-03-2023, 01:36 PM
El diputado del Partido Popular Alberto Casero ser? juzgado por el Tribunal Supremo, seg?n una proposici?n del magistrado del ?rgano judicial Andrés Palomo, por delitos de prevaricaci?n y malversaci?n en relaci?n a presuntas irregularidades en cinco contratos cuando era alcalde de Trujillo (C?ceres) en 2017 y 2018. Adem?s, el diputado ha solicitado la suspensi?n de militancia en su partido, aunque mantendr? su esca?o en el Congreso de los Diputados, seg?n fuentes de la formaci?n pol?tica.

El juez ha dictado un auto de transformaci?n de la causa en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, en el que da diez d?as de plazo al fiscal para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusaci?n o el sobreseimiento, si bien contra este auto también cabe recurso ante el Supremo.

De esta forma, el magistrado da por finalizada la instrucci?n una vez que la Sala de Apelaci?n ha estimado un recurso de Casero se?alando que el pasado 15 de junio acab? la instrucci?n por haber transcurrido el plazo marcado por la ley, por lo que las medidas de investigaci?n posteriores a esa fecha no son v?lidas.

Al respecto, el instructor explica que todos los indicios obraban ya en la exposici?n razonada que el Juzgado de Trujillo envi? al Supremo e, incluso, formaban parte de la documentaci?n que la Fiscal?a remiti? al Juzgado en la denuncia previa, por tanto "se observa escrupulosamente" la decisi?n de "atender exclusivamente a las diligencias de investigaci?n" antes de esa fecha.

El magistrado explica que en su etapa como alcalde de Trujillo, entre marzo de 2017 y diciembre de 2018, concert? con diferentes personas y entidades una serie de contratos de servicio, patrocinio o convenios, incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto, por la normativa aplicable en cada caso.

A?ade que esta normativa "establec?a formalidades encaminadas cuando menos a que constara su existencia en el Consistorio mediante la apertura del correspondiente expediente conteniendo la debida resoluci?n por parte del ?rgano de contrataci?n aprobando el gasto, con justificaci?n de su necesidad y la posterior aportaci?n de la factura correspondiente a los trabajos objeto del contrato".

El magistrado le imputa el delito de prevaricaci?n porque su actuaci?n "no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretaci?n con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jur?dico".

As?, habla de "vedadas contrataciones verbales o sin tramitaci?n ni publicidad alguna en los supuestos que la cuant?a lo requer?a, elusi?n de los mecanismos de control, asunci?n directa de pagos por la integridad de los servicios que adem?s de peri?dicos se prestaban a entidad en la que el municipio s?lo era una parte; plenamente subsumibles en el il?cito de prevaricaci?n".

Considera, adem?s, que los hechos encajan en un delito de malversaci?n que sanciona a la autoridad que tiene a su cargo los caudales por raz?n de sus funciones y que lejos de destinarlos al cumplimiento de las atenciones p?blicas, los separa de las mismas, y extrayéndolos del control p?blico con ?nimo de lucro los incorpora a su patrimonio haciéndolos propios o consiente que otro lo haga.

No obstante, precisa que "no es este el momento id?neo" para concluir la incidencia de la reforma penal que modifica la malversaci?n.



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