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مشاهدة النسخة كاملة : Los accidentes en la UE estar?n cubiertos aunque la aseguradora esté en quiebra


Reem
02-21-2023, 01:13 PM
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A la hora de viajar a un pa?s extranjero con tu veh?culo, es muy importante que te informes a través de fuentes fiables sobre los documentos que vas a necesitar y sobre c?mo operan las compa??as aseguradoras en dicho pa?s, de modo que puedas estar cubierto en caso de sufrir un accidente de tr?fico. Generalmente, las p?lizas de seguros espa?olas cubren la responsabilidad a terceros obligatoria. Sin embargo, nunca sabes a qué situaciones te puedes enfrentar fuera de casa, como por ejemplo que la aseguradora que debe hacerse cargo de las indemnizaciones del siniestro esté en quiebra.

Para solucionar este problema, el PSOE ha planteado un cambio legal en el Congreso para garantizar la cobertura en caso de accidentes de veh?culos ocurridos en el extranjero cuando la aseguradora responsable esté en quiebra o en proceso de ella, o en siniestros ocurridos en Espa?a pero donde la parte culpable es una entidad extranjera que est? en quiebra.

Tal como informa Europa Press, se trata de una enmienda a una ley ‘omnib?s’ que se tramita en el Congreso para trasponer directivas europeas que, entre otros puntos, modifican la ley sobre responsabilidad civil por da?os nucleares o producidos por materiales radiactivos.

En dicha enmienda, el PSOE plantea que el Consorcio de Compensaci?n de Seguros indemnice a los residentes espa?oles los da?os y perjuicios causados por accidentes en Espa?a por un veh?culo asegurado en una entidad extranjera, siempre que esta incurra en un procedimiento de quiebra, o de liquidaci?n por insolvencia, con independencia de d?nde provenga el veh?culo.

Por contra, cuando el conductor espa?ol tenga el accidente fuera de Espa?a, ser? la Oficina Espa?ola de Aseguradoras de Autom?viles (Ofesauto) quien asuma, entre sus funciones de organismo de indemnizaci?n, la obligaci?n de indemnizar los da?os y perjuicios ocasionados.

Dicho de otra manera, si un residente espa?ol tiene un accidente con un ciudadano extranjero en Espa?a y la aseguradora del segundo est? en quiebra, el Consorcio de Compensaci?n asumir? la indemnizaci?n. Por su parte, cuando suceda lo mismo, pero en un Estado Miembro que no sea Espa?a, ser? Ofesauto quien asuma los costes.



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