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مشاهدة النسخة كاملة : Despedido por negarse a trasladar a un menor en ambulancia durante una huelga


Reem
02-15-2023, 08:27 AM
El Juzgado de lo Social N?mero 3 de Badajoz avala el despido de un trabajador de Ambulancias Tenorio que se neg? a trasladar a un ni?o de dos a?os durante una jornada de huelga. Hab?a sido representante de los trabajadores y en el momento de los hechos asum?a las funciones de jefe de tr?fico con sede en Mérida, pero con competencia en el ?rea de salud de Llerena-Zafra a la que pertenece la localidad de Higuera la Real, en la que vive el menor.

Lo ocurrido se remonta a septiembre del 2020, cuando los sindicatos convocaron una huelga indefinida para reclamar mejoras laborales y el cumplimiento del convenio colectivo del sector. Era el tercer paro en poco m?s de un a?o. Sin embargo en este caso, seg?n ha avalado el juzgado, no se respetaron los servicios m?nimos, de lo que responsabiliza adem?s de manera directa a este trabajador. Seg?n recoge la sentencia, en la orden que regulaba esos servicios m?nimos se detallaba que deb?an realizarse también los traslados programados no urgentes, como era el caso de este ni?o, de cuyo traslado adem?s, a?ade el fallo, ya se hab?a informado con anterioridad al ahora despedido.

El menor, que sufre atresia biliar (una obstrucci?n de los conductos que transportan un l?quido llamado bilis desde el h?gado hasta la ves?cula biliar), considerada una enfermedad grave, ten?a programadas tres citas en el hospital La Paz de Madrid, necesarias para preparar una posterior intervenci?n quir?rgica. Pero no se le traslad?, perdi? las consultas y las siguientes citas no llegaron hasta 50 d?as después, lo que supuso un retraso en su tratamiento.

Para el juzgado el acusado “era el responsable de disponer los medios necesarios para llevar a cabo aquellos servicios m?nimos”, entre los que se encontraba el viaje a Madrid de este menor. Y exist?an, tal y como detalla el fallo, los medios "suficientes" para dar cumplimiento a tal servicio, pues hab?a m?s de 60 veh?culos disponibles. El juez va incluso m?s all? y reconoce que hasta en el caso de que esta asistencia no estuviese contemplada en esos servicios m?nimos, deber?a haberse realizado de igual forma, pues era también “un servicio necesario para la continuidad asistencial que no deb?a verse interrumpido por suponer un riesgo para la salud”.

El derecho a la salud

El titular del n?mero 3 de lo Social reconoce que la huelga es un derecho fundamental pero recuerda que “no debe afectar a otros derechos también fundamentales como el derecho a la vida e integridad o bien otros no fundamentales, pero de innegable relevancia, como el derecho a la salud”. El juzgado descarta, por tanto, que la causa de que no se materializara el traslado fuera la falta de medios o la no concreci?n de los servicios m?nimos, sino que fue m?s bien “la excesiva amplitud que el actor otorg? al derecho de la huelga hasta hacerlo casi omnicomprensivo”. Y ello, a?ade, “en un sector de tanta importancia y ante un menor con una enfermedad grave”.

Por tanto su decisi?n de no realizar el servicio supuso dos incumplimientos: por un lado la desobediencia a un superior (el jefe de sala le orden? que s? lo hiciera) y el perjuicio a la salud del ni?o. Ambulancias Tenorio tuvo conocimiento de la situaci?n tiempo después, cuando los padres presentaron una queja en el Servicio Extreme?o de Salud (SES). Abri? expediente al trabajador por una falta muy grave que dio lugar al despido. El empleado lo recurri? y el juzgado lo ha desestimado, dando la raz?n a la empresa. La sentencia no es firme y puede recurrirse ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

Ambulancias Tenorio, por su parte, recuerda que en esos d?as de huelga en Extremadura la empresa denunci? p?blicamente "el comportamiento de ciertos trabajadores, quienes antepusieron sus intereses sindicales, pol?ticos y personales no solo a la legislaci?n vigente incumpliendo los servicios m?nimos, sino a la propia salud de los ciudadanos, tal y como se ha demostrado con esta sentencia”. Los servicios jur?dicos de la compa??a est?n analizando ahora la posibilidad de emprender acciones penales contra este exdelegado sindical, "debido a un presunto incumpliendo de su deber de atenci?n sanitaria debido al puesto y funciones que ocupaban".



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