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مشاهدة النسخة كاملة : La Audiencia de Barcelona deja en libertad a Dani Alves a la espera de la sentencia d


Reem
03-20-2024, 11:20 AM
La Audiencia de Barcelona celebr? este martes 19 de marzo una vista para decidir si Dani Alves sal?a de la c?rcel o segu?a privado de libertad. Su abogada Inés Guardiola (https://www.sport.es/es/noticias/actualidad/ines-guardiola-abogada-dani-alves-97770040), no solo ped?a la puesta en libertad inmediata de Dani Alves, sino que esgrim?a que el pago de 150.000 euros de indemnizaci?n deb?a ser muy calificativo con lo que la condena pod?a ser m?s reducida.

Alves asegur? al Tribunal que se quedar?a en Espa?a hasta que se resolviera el proceso, a?adiendo que su lugar de residencia se encuentra en Barcelona. Adem?s, la defensa de Alves también ofreci? una nueva fianza de 50.000 euros y comparecencias diarias en el juzgado.

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La Fiscal?a se opon?a a la excarcelaci?n de Dani Alves, ya que entend?an que persist?a el riesgo de fuga dada su alta capacidad econ?mica y la elevada pena impuesta. Dani Alves, que compareci? al final de la vista dijo sobre su posible fuga: "Conf?o en la justicia y siempre estaré a su disposici?n".

Hoy hemos conocido que si Dani Alves paga una fianza de un mill?n de euros puede quedar libre, seg?n publica El Peri?dico. Otra de las condiciones para quedar libre ser?a que no saliera de Espa?a. En caso de verificarse el pago de la fianza, se proceder? a la retirada de los dos pasaportes, el espa?ol y el brasile?o.

Adem?s, Alves tendr? que comparecer ante la Audiencia Provincial semanalmente, as? como cuantas veces sea llamado por la Autoridad Judicial. Asimismo, el deportista no podr? aproximarse a la persona de la denunciante a una distancia no inferior de 1.000 metros de su domicilio, lugar de trabajo o de cualquier otro lugar frecuentado por la misma.

Los argumentos que ha dado el tribunal es que "conviene recordar que la funci?n de la prisi?n provisional no puede ser en ning?n caso la de adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado o la de impulsar la investigaci?n del delito u obtener pruebas o declaraciones, ya que con tales fines la privaci?n de la libertad exceder?a de los l?mites constitucionales reconocidos en el art. 17 de la Constituci?n Espa?ola, que reconoce el derecho de toda persona a la libertad, de manera que nadie podr? ser privado de ella sino en los supuestos establecidos en dicho precepto y en los casos y formas previstos en la ley".

Adem?s ha a?adido que "la afectaci?n que la prisi?n provisional tiene de un bien de relevancia constitucional como es la libertad exige, tal y como dispone el art. 502 de la LECrim, que la medida sea objetivamente necesaria, que no existan otras medidas menos gravosas que puedan adoptarse o, como establece el art. 504 del mismo texto legal, que dure el tiempo m?nimo imprescindible para alcanzar cualquiera de los objetivos a los que ha de responder".

Por todo esto considera que "cada escenario exige de su propia valoraci?n y exige asimismo la constataci?n del mantenimiento o por el contrario la variaci?n de las circunstancias, cuando se trata de revisar una situaci?n anterior".

Sobre el riesgo de fuga ha precisado que "como presupuesto habilitante de la prisi?n provisional, la Sentencia del Tribunal Constitucional n?m. 47/2000 tiene en cuenta dos factores: uno, de car?cter eminentemente objetivo, constituido por la gravedad del delito imputado y de la consiguiente pena posible, que justifica la inicial adopci?n de la medida atendiendo a tales datos; y el segundo, subjetivo, que ha de tener en cuenta el transcurso del tiempo como factor mitigador del criterio anterior y que obliga, transcurrido un cierto tiempo de prisi?n preventiva, a tomar en cuenta las circunstancias personales del inculpado para valorar la necesidad de mantenimiento de dicha medida".

El tribunal valora adem?s que "la pena finalmente impuesta se ha reducido de forma ostensible en relaci?n a la inferior de las peticionadas (9 a?os por el Ministerio Fiscal y 12 por la acusaci?n particular), adem?s lleva cumplidos 14 meses de forma preventiva, con fecha de inicio 20 de enero de 2023, pudiendo ser prorrogada de persistir las circunstancias que motivaron su dictado, hasta la mitad de la condena impuesta, periodo en el que dif?cilmente podr? llegar a alcanzar firmeza la sentencia".



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/audiencia-barcelona-deja-libertad-dani-99718784)

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