Reem
03-12-2024, 07:10 PM
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el anteproyecto de ley org?nica de medidas en materia de eficiencia del servicio p?blico de Justicia y de acciones colectivas para la protecci?n y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, por la que se constituyen los tribunales de instancia y se sustituyen los jueces de paz por oficinas de justicia del municipio.
En la rueda de prensa posterior, el ministro Félix Bola?os (https://www.sport.es/es/temas/felix-bolanos-1840575) ha explicado que este anteproyecto constituye una parte esencial del impulso reformista en la Justicia anunciado por el Ejecutivo, al abarcar reformas para responder con eficacia a las necesidades de la ciudadan?a. La ley constituye el tercer pilar de la transformaci?n integral de la Administraci?n de Justicia del Ejecutivo, en l?nea con las medidas de eficiencia digital y procesal ya aprobadas.
El objetivo es dotar a la Justicia de una estructura m?s acorde con las necesidades de la sociedad digital en la que vivimos, “mucho m?s conectada, diversa, consciente de sus derechos y exigente respecto a los servicios que recibe de la Administraci?n”, afirm?. Su novedad fundamental es constituir un tribunal de instancia por partido judicial, con una oficina judicial ?nica en cada uno, y las oficinas de justicia en los municipios que sustituyan a los juzgados de paz.
Tribunal de instancia
La implantaci?n de los tribunales de instancia supondr? una importante optimizaci?n de recursos, al pasar de 3.800 juzgados a 431 tribunales de estas caracter?sticas, lo que evitar? disfuncionalidades y permitir? establecer criterios procesales comunes que garanticen la homogeneidad. Estos tribunales implicar?n la redefinici?n de las oficinas judiciales, que pasar?n a prestar apoyo en tramitaci?n procesal y servicios comunes a los tribunales de instancia, bajo la direcci?n de un letrado de la Administraci?n de Justicia.
Por su parte, las oficinas de justicia en el municipio ampliar?n considerablemente las competencias y los servicios que prestan los juzgados de paz y permitir?n realizar tr?mites procesales y registrales de manera telem?tica desde ellos. Eso contribuir? a avanzar en una Administraci?n de Justicia m?s cercana para quienes no residen en n?cleos urbanos, al tiempo que favorecer? la conciliaci?n de los trabajadores de las oficinas judiciales y los tribunales.
Eficiencia procesal
El anteproyecto de ley org?nica aprobado este martes también regula los mecanismos alternativos de soluci?n de controversias, que ya se contemplaban en la ley de eficiencia procesal que el Ejecutivo present? la pasada legislatura. La aplicaci?n de estos medios en v?a no jurisdiccional, en el ?mbito mercantil y civil, est? prevista para evitar la sobrecarga de los juzgados y tribunales.
Se potenciar? la negociaci?n entre las partes a través de instrumentos como la mediaci?n, la conciliaci?n privada, la oferta vinculante confidencial y la opini?n de experto independiente, con el fin de encontrar soluciones dialogadas a sus disputas. Con estas herramientas, que ya son comunes y exitosas en pa?ses de nuestro entorno, cobrar?n mayor protagonismo las profesiones jur?dicas, al ejercer esta asistencia letrada.
La norma supondr? un importante paso en la protecci?n y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, al establecer un procedimiento ?nico para abordar las demandas colectivas y definir las entidades habilitadas para las acciones de representaci?n e incorporando plataformas electr?nicas para una tramitaci?n m?s ?gil y sencilla para los usuarios afectados en el contexto de que entre 2018 y 2022 este tipo de pleitos aument? un 120% en Europa.
El Gobierno transpone as? la Directiva Europea al respecto dando un paso m?s all? de lo exigido por la UE, ya que abarcar? todas las situaciones en las que se hayan vulnerado derechos e intereses de consumidores. La ley permitir? a los afectados ejercer acciones de cesaci?n (es decir, exigir que se interrumpa una conducta nociva para los consumidores, con la novedad de la reclamaci?n previa al empresario o profesional para que resulte admisible la demanda) y resarcitorias (solicitar una indemnizaci?n) a través de plataformas electr?nicas.
Adem?s, se crear? un sistema de difusi?n y publicidad electr?nica de estas acciones colectivas, de car?cter p?blico y gratuito, en el nuevo Registro de Condiciones Generales de la Contrataci?n y de Acciones.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/justicia-reorganiza-juzgados-tribunales-instancia-99393546)
En la rueda de prensa posterior, el ministro Félix Bola?os (https://www.sport.es/es/temas/felix-bolanos-1840575) ha explicado que este anteproyecto constituye una parte esencial del impulso reformista en la Justicia anunciado por el Ejecutivo, al abarcar reformas para responder con eficacia a las necesidades de la ciudadan?a. La ley constituye el tercer pilar de la transformaci?n integral de la Administraci?n de Justicia del Ejecutivo, en l?nea con las medidas de eficiencia digital y procesal ya aprobadas.
El objetivo es dotar a la Justicia de una estructura m?s acorde con las necesidades de la sociedad digital en la que vivimos, “mucho m?s conectada, diversa, consciente de sus derechos y exigente respecto a los servicios que recibe de la Administraci?n”, afirm?. Su novedad fundamental es constituir un tribunal de instancia por partido judicial, con una oficina judicial ?nica en cada uno, y las oficinas de justicia en los municipios que sustituyan a los juzgados de paz.
Tribunal de instancia
La implantaci?n de los tribunales de instancia supondr? una importante optimizaci?n de recursos, al pasar de 3.800 juzgados a 431 tribunales de estas caracter?sticas, lo que evitar? disfuncionalidades y permitir? establecer criterios procesales comunes que garanticen la homogeneidad. Estos tribunales implicar?n la redefinici?n de las oficinas judiciales, que pasar?n a prestar apoyo en tramitaci?n procesal y servicios comunes a los tribunales de instancia, bajo la direcci?n de un letrado de la Administraci?n de Justicia.
Por su parte, las oficinas de justicia en el municipio ampliar?n considerablemente las competencias y los servicios que prestan los juzgados de paz y permitir?n realizar tr?mites procesales y registrales de manera telem?tica desde ellos. Eso contribuir? a avanzar en una Administraci?n de Justicia m?s cercana para quienes no residen en n?cleos urbanos, al tiempo que favorecer? la conciliaci?n de los trabajadores de las oficinas judiciales y los tribunales.
Eficiencia procesal
El anteproyecto de ley org?nica aprobado este martes también regula los mecanismos alternativos de soluci?n de controversias, que ya se contemplaban en la ley de eficiencia procesal que el Ejecutivo present? la pasada legislatura. La aplicaci?n de estos medios en v?a no jurisdiccional, en el ?mbito mercantil y civil, est? prevista para evitar la sobrecarga de los juzgados y tribunales.
Se potenciar? la negociaci?n entre las partes a través de instrumentos como la mediaci?n, la conciliaci?n privada, la oferta vinculante confidencial y la opini?n de experto independiente, con el fin de encontrar soluciones dialogadas a sus disputas. Con estas herramientas, que ya son comunes y exitosas en pa?ses de nuestro entorno, cobrar?n mayor protagonismo las profesiones jur?dicas, al ejercer esta asistencia letrada.
La norma supondr? un importante paso en la protecci?n y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, al establecer un procedimiento ?nico para abordar las demandas colectivas y definir las entidades habilitadas para las acciones de representaci?n e incorporando plataformas electr?nicas para una tramitaci?n m?s ?gil y sencilla para los usuarios afectados en el contexto de que entre 2018 y 2022 este tipo de pleitos aument? un 120% en Europa.
El Gobierno transpone as? la Directiva Europea al respecto dando un paso m?s all? de lo exigido por la UE, ya que abarcar? todas las situaciones en las que se hayan vulnerado derechos e intereses de consumidores. La ley permitir? a los afectados ejercer acciones de cesaci?n (es decir, exigir que se interrumpa una conducta nociva para los consumidores, con la novedad de la reclamaci?n previa al empresario o profesional para que resulte admisible la demanda) y resarcitorias (solicitar una indemnizaci?n) a través de plataformas electr?nicas.
Adem?s, se crear? un sistema de difusi?n y publicidad electr?nica de estas acciones colectivas, de car?cter p?blico y gratuito, en el nuevo Registro de Condiciones Generales de la Contrataci?n y de Acciones.
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