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مشاهدة النسخة كاملة : El Supremo pide al Senado el suplicatorio para juzgar a José Manuel Baltar


Reem
03-08-2024, 01:50 PM
El Tribunal Supremo ha pedido al Senado el suplicatorio para dirigir el procedimiento penal contra el senador del PP José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por conducir presuntamente a 215 kil?metros por hora en un tramo de velocidad limitada a 120 km en la autov?a A-52, sentido Benavente (Zamora).

La Sala de lo Penal adopta esta decisi?n en un auto, hecho p?blico este viernes, y que atiende a la propuesta de la magistrada-instructora de esta causa, Ana Ferrer, que el pasado miércoles elev? una exposici?n razonada a la Sala para que solicitara autorizaci?n a la C?mara para suspender la inmunidad y proceder penalmente contra el aforado José Manuel Baltar, al hallar indicios racionales del citado delito contra la seguridad vial.

A la espera de que el Senado resuelva sobre la autorizaci?n solicitada, la Sala acuerda suspender hasta entonces la tramitaci?n de las actuaciones referidas al senador.

En su auto, el Tribunal Supremo acuerda remitir el suplicatorio al presidente del Senado, Pedro Roll?n (PP), "por conducto del Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Supremo, con testimonio de las actuaciones necesarias, as? como el escrito del Ministerio Fiscal y de la Exposici?n Razonada de la Magistrada-Instructora".

En dicha exposici?n razonada, la magistrada Ana Ferrer consideraba procedente pedir el suplicatorio ante los "indicios racionales de criminalidad" del senador.

Se trata de un tr?mite preceptivo para poder continuar con el procedimiento, que al implicar una inculpaci?n formal requiere la autorizaci?n de la C?mara Alta, al tratarse de un aforado ante ese ?rgano.

La exposici?n razonada explica que los indicios contra Baltar se sustentan en el atestado de la Agrupaci?n de Tr?fico de la Guardia Civil, del 23 de abril de 2023, en un tramo de la autov?a A-52, a la altura de la comarca zamorana de Sanabria, a partir de un control que registr? una velocidad 215 km/h con un margen de error del 5%.

En opini?n de la magistrada, el hecho de que Baltar "hubiera sido sancionado administrativamente por los mismos hechos y como sostiene, abonada la correspondiente sanci?n pecuniaria, que conllev? adem?s la pérdida de algunos puntos del permiso de conducir, no objeta la presente causa penal".

Respond?a as? al letrado de Baltar que, al oponerse al suplicatorio, asegur? que la causa estaba "resuelta" porque ya hab?a rendido cuentas con el pago de la multa y la retirada de seis puntos del carnet, con lo que, a su juicio, no se pod?a "reabrir" un procedimiento que ya ha sido "objeto de sanci?n".

En su comparecencia ante el Supremo, el pasado 19 de diciembre, el también expresidente de la Diputaci?n de Ourense rechaz? ante la magistrada haber cometido un delito contra la seguridad vial, puesto que sostiene que nunca rebas? los 200 km/h, el m?nimo para que sea considerado delito.

Esa velocidad es el m?nimo para poder considerarlo delito, que es siempre 80 kil?metros m?s que el m?ximo establecido en ese tramo, que era de 120 kil?metros hora. El margen de error es de 10 km, por tanto, a partir de 210 es delito.



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