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مشاهدة النسخة كاملة : Una segunda sentencia condena al empresario Julio Ariza a responder con 11 millones d


Reem
11-16-2023, 08:00 AM
Una segunda resoluci?n del Juzgado de lo Mercantil n?mero 11 de Madrid incide en la declaraci?n de culpabilidad del empresario y exdiputado del PP en el Parlament de Catalu?a Julio Ariza (https://www.epe.es/es/investigacion/20231116/segunda-sentencia-condena-empresario-julio-ariza-quiebra-intereconomia-11-millones-94666863) en el concurso de acreedores de la mercantil Intereconom?a Corporaci?n S.A., de la que era administrador ?nico, elevando en m?s de 11 millones de euros la cantidad por la que debe responder con su patrimonio tras la quiebra del grupo. Hace unas semanas se conoci? una primera resoluci?n, relativa a Intereconom?a Televisi?n S.L., que fijaba la condena en 4.492.011´31 euros.

En esta segunda sentencia a la que ha tenido acceso El Peri?dico de Espa?a, (https://www.epe.es/es/) del grupo Prensa Ibérica, que tiene fecha del pasado 14 de noviembre, el juez Manuel Ruiz de Lara incide en la inhabilitaci?n por dos a?os del empresario, habitual en los medios de comunicaci?n, para administrar bienes ajenos o "representar a cualquier persona durante el mismo periodo".

En este caso se le condena a responder de la cobertura del déficit concursal en la suma de 11.160.260´45 euros. El hecho de que se vayan conociendo sentencias similares responde a la acumulaci?n de concursos de las sociedades en las Ariza que fue troceando el grupo de comunicaci?n.

Situaci?n de insolvencia

En los fundamentos de derecho de la sentencia se destaca que el informe de calificaci?n en este caso pone de relieve que fue "precisamente la falta de presentaci?n del concurso por parte del ?rgano de administraci?n lo que llev? a la agravaci?n de la situaci?n de insolvencia", situ?ndose el pasivo exigible al cierre de 2012 en 37.268.880´44 euros, e increment?ndose a cierre de 2014 hasta situarse en 48.429.140´89 euros, habiéndose agravado la insolvencia en 11.160.260´45 euros. En este punto, "procede acordar la consecuencia indemnizatoria solicitada por la administraci?n concursal", que se fija en esta ?ltima cantidad.

El magistrado explica en su resoluci?n que el concurso se presume culpable, salvo prueba en contrario, cuando el deudor "hubiera incumplido el deber de solicitar la declaraci?n del concurso". As? ha ocurrido en este caso, en el que se atribuye al empresario un retraso a la hora de reconocer la situaci?n patrimonial de la empresa que agrav? la insolvencia. Contra la decisi?n del juez Ruiz de Lara cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La justicia sit?a la insolvencia de Intereconom?a en el cuarto trimestre de 2013, al haberse producido un impago de las obligaciones tributarias exigibles en meses anteriores a la presentaci?n del concurso.



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