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ãÔÇåÏÉ ÇáäÓÎÉ ßÇãáÉ : El Supremo confirma que un aspirante a polic?a pillado en una fiesta en pleno Covid n


Reem
11-01-2023, 12:04 PM
Alarde? de ser aspirante a Polic?a cuando fue sorprendido, en mayo de 2020, junto a unos amigos en una fiesta 'ilegal' en tiempos de confinamiento por covid. Por esta raz?n, el director de la Academia de ?vila le sancion? con 15 puntos menos en sus calificaciones finales, lo que le supuso la pérdida de todos los derechos y expectativas de superar la oposici?n para entrar en el Cuerpo. Ahora, el Supremo confirma dicha sanci?n, pese a que el candidato a agente contaba con el respaldo de la Fiscal?a en su recurso.

También confirma el Supremo que, a efectos del pleito, es indiferente que el Tribunal Constitucional declarase inconstitucional el estado de alarma, pues no se le sancion? académicamente por acudir a una fiesta durante el confinamiento, si no por hacer uso sin motivo de su condici?n de estudiante para Polic?a.

La resoluci?n a la que ha tenido acceso El Peri?dico de Espa?a (https://www.epe.es/es/politica/20231101/pillado-fiesta-pleno-covid-preparaba-policia-expulsado-oposicion-94060810), del grupo Prensa Ibérica, tiene fecha del pasado d?a 16 y de ella ha sido ponente el magistrado de lo Contencioso-Administrativo, José Luis Requero. En ning?n momento se cuestionan los hechos, que tuvieron lugar cuando el recurrente se encontraba en una fiesta de cumplea?os con otras diecisiete personas m?s el 2 de mayo de 2020, estando vigente el primer estado de alarma declarado por el Gobierno.

Cuando la Polic?a acudi? al lugar y pidi? a los asistentes que se identificasen, el aspirante mostr? su carnet A de Alumno de la Escuela Nacional de Polic?a, manifestando su condici?n de alumno.

Este hecho se consider? como infracci?n grave prevista en el Reglamento Provisional de la Escuela Nacional de Polic?a y, como consecuencia de ello, el Comisario Principal y director de la Escuela Nacional de Polic?a le sancion? con la pérdida de 15 puntos de la suma total de las calificaciones obtenidas al final del curso, detrayendo proporcionalmente en cada asignatura la parte correspondiente del total.

Las consecuencia fue que suspendi? habilidades sociales y comunicaci?n en lengua inglesa, por lo que se acord? su exclusi?n del proceso selectivo y su baja definitiva, con la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superaci?n de la fase de oposici?n.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aval? la sanci?n al razonar que, a efectos del principio de legalidad en materia sancionadora, la resoluci?n del director de la academia ten?a cobertura en la ley del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Polic?a de 2010 y el reglamento provisional de sanciones, que se aplicaron con base en la doctrina constitucional.

El an?lisis del Tribunal Supremo se ha ce?ido a analizar si es ajustado al principio de legalidad sancionadora que el régimen disciplinario de los polic?as alumnos se regule en el Reglamento Provisional, una norma preconstitucional anterior a la ley que le da cobertura.

A este respecto, concluye que su vigencia no est? cuestionada, y as? se desprende de la propia ley org?nica "cuyo art?culo 2 prevé que los funcionarios en pr?cticas quedan sometidos a las normas de régimen disciplinario establecidas en el reglamento del centro docente policial".



ÃßËÑ... (https://www.sport.es/es/noticias/sucesos/supremo-confirma-aspirante-policia-pillado-94076429)