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مشاهدة النسخة كاملة : Un p?rrafo de la sentencia del TC sobre el CGPJ enciende a los jueces conservadores


Reem
10-16-2023, 12:53 PM
Desde que C?ndido Conde-Pumpido asumi? la presidencia del Constitucional parece que cualquier excusa es buena para denunciar la supuesta politizaci?n del tribunal de garant?as. El ?ltimo episodio de la polémica ha surgido por un p?rrafo incluido en la sentencia que avala la reforma del Gobierno de Pedro S?nchez que impide al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacer nombramientos mientras esté en funciones.

La segunda asociaci?n judicial en n?mero de afiliados, la Asociaci?n de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, ha hecho p?blico un comunicado de su comité nacional en el que denuncian que la sentencia incluye un p?rrafo que consideran "innecesario" para resolver el recurso de Vox contra la ley que vetaba los nombramientos de un Consejo en funciones, con la que el Gobierno trat? en vano de forzar al PP a renovar un ?rgano que en diciembre habr? doblado el mandato de cinco a?os que est? previsto. Desde el TC se resta importancia a la expresi?n y se asegura a este diario que se trata de una afirmaci?n habitual en quien fue la ponente de la sentencia, Mar?a Luisa Balaguer.

El p?rrafo en cuesti?n es el que dice: “No existe una definici?n constitucional excluyente del sistema de nombramiento de los vocales del CGPJ, siendo posible, dentro del marco constitucional, que la propuesta para su nombramiento proceda en todo o en parte del Congreso o del Senado”. Seg?n la asociaci?n judicial, el TC "est? afrontando una grave crisis de credibilidad, debido tanto a los criterios de elecci?n de sus magistrados como al proceder sistem?tico del tribunal por bloques, lo que es dif?cilmente compatible con métodos de resoluci?n en los que prime lo jur?dico sobre lo ideol?gico".

Para la asociaci?n conservadora que "el TC se pronuncie expresamente y sin necesidad sobre la validez constitucional de un sistema de elecci?n de los vocales del CGPJ" que, dice el colectivo, "coincide parcialmente con una inciativa en ciernes para reformar la Ley Org?nica del Poder Judicial (LOPJ) a fin de que sea el Congreso de los Diputados quien elija a los vocales que actualmente designa el Senado, carece de justificaci?n jur?dica y m?s bien parece un intento de influir en un debate pol?tico abierto en nuestro pa?s".

Desde el sector conservador del Consejo General del Poder Judicial también advierten a este diario que sobrevuela el riesgo de que el PSOE, apoyado por sus socios de Gobierno una vez se solventen los apoyos para la investidura, emprenda una nueva reforma legal que, basada en esta nueva doctrina del Tribunal Constitucional, permita hurtar al Senado su capacidad para nombrar como ocurre hasta ahora seis de los vocales de origen judicial, que pasar?an a ser cosa del Congreso de los Diputados. De este modo, la mayor?a progresista lograr?a el control sobre la designaci?n un total de 16 vocales (los judiciales m?s los cuatro juristas de reconocido prestigio que corresponde a la c?mara baja), sorteando as? el bloqueo del PP para el acuerdo de renovaci?n.

También con el aborto

Desde el Constitucional sostienen que es pr?ctica habitual de la ponente de la sentencia, Mar?a Luisa Balaguer, incluir el margen que deja la Constituci?n a las leyes, porque no introdujo previsi?n alguna sobre el asunto en cuesti?n. Ya lo hizo en su voto concurrente sobre la ley del aborto y los plazos y ahora lo ha hecho con los nombramientos de vocales. Adem?s, a?aden que con indiferencia de la inclusi?n o no del p?rrafo, si el Gobierno quiere cambiar el sistema de elecci?n y la Carta magna no dice nada al respecto, como se?ala la expresi?n cuestionada, no ser?a inconstitucional.

En contraposici?n recuerdan que la Constituci?n s? establece c?mo debe producirse la designaci?n de magistrados del propio tribunal; si no dice nada de los vocales es porque los padres constituyentes no lo consideraron relevante, mientras que s? lo entendieron necesario en el Constitucional.

Respecto a la propuesta de que no se incluya el mismo p?rrafo en la sentencia con la que se resolver? el recurso del PP sobre el mismo asunto a?n pendiente, las fuentes consultadas recuerdan que las segundas resoluciones sobre un mismo asunto son m?s breves que las originales porque se remiten a la jurisprudencia establecida en estas.



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