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ãÔÇåÏÉ ÇáäÓÎÉ ßÇãáÉ : La justicia no ve indefensi?n en el carpetazo a la querella de Vox por los disturbios


Reem
01-31-2023, 08:05 AM
No debe confundirse una alegada indefensi?n con el hecho de que un tribunal no acepte tus argumentos. Esa es una de las razones que esgrimen tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid para dar cerrojazo definitivo a la querella que present? Vox en abril de 2021 contra la delegada del Gobierno en esta regi?n, Mercedes Gonz?lez, los que fueran fundadores de Podemos Juan Carlos Monedero y Pablo Iglesias, contra el responsable en dichos momentos de la polic?a antidisturbios y contra la asociaci?n 'rayista' de los Bukaneros por los incidentes durante un mitin del partido en Vallecas durante la ?ltima campa?a auton?mica.

Interpusieron una querella similar contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que fue archivada por el Tribunal Supremo el pasado 8 de julio, seg?n fuentes del alto tribunal consultadas por este diario.

La formaci?n liderada por Santiago Abascal acusaba de prevaricaci?n, da?os, lesiones, asociaci?n il?cita e incluso de delito de odio e incitaci?n de des?rdenes p?blicos por los mensajes de los que fueran dirigentes del partido morado en redes sociales, pero la justicia insiste en que ninguna de sus conductas suponen delito. En cuanto a las lesiones y da?os causados durante los disturbios en s?, no existe autor conocido, y no pueden ser imputadas a los querellados.

En un auto dictado el pasado 23 de enero, al que ha tenido acceso El Peri?dico de Espa?a, del grupo Prensa Ibérica, de desestima el recurso de apelaci?n presentado por Vox contra el archivo inicial de esas actuaciones que dict? el pasado mes de julio el Juzgado de Instrucci?n n?mero 8 de Madrid. La resoluci?n, cuyo ponente ha sido el magistrado Jacobo Vigil, se?ala a los recurrentes que no es cierto que el juez de instrucci?n que rechaz? investigar los hechos no motivara suficientemente su decisi?n, “cuesti?n distinta es que tales razonamientos, como es, por otra parte, leg?timo, no satisfagan al querellante”.

Jurisprudencia del Constitucional

Agrega el auto que no cabe confundir el deber de congruencia en las resoluciones judiciales con la necesidad de dar respuesta “a todos y cada uno de los argumentos expuestos por la parte”; ni tampoco confundir la causa de indefensi?n – dirigida a lograr la nulidad de la resoluci?n recurrida-- “con la falta de asunci?n por parte del ?rgano jurisdiccional de los argumentos formulados por la parte”.

En este punto, la Secci?n Séptima de la Audiencia Provincial trae a colaci?n la jurisprudencia constitucional, que es constante al se?alar que “no existe un derecho incondicionado al acceso a la instrucci?n penal”. Concretamente, Vox imputaba a la delegada del Gobierno en Madrid y al jefe de la Unidad de Intervenci?n Policial (UIP) los delitos de prevaricaci?n y omisi?n de perseguir determinados delitos por no establecer un dispositivo policial de protecci?n del acto convocado por Vox el 7 de abril en la conocida como ‘plaza roja’ del barrio de Vallecas.

En este punto, la Audiencia de Madrid recuerda que la necesidad de que el autor de estos delitos act?e ‘a sabiendas’ excluye “la posible comisi?n del mismo por dolo eventual". Al no existir esta intencionalidad, no existen los delitos que se imputan.

"Discrepancia ideol?gica" no es odio

Respecto de los integrantes de los Bukaneros, y Monedero e Iglesias, a quienes se imputan delitos de odio y de “incitaci?n” a cometer delitos contra los integrantes o simpatizantes de Vox que se reunieron en el lugar del mitin, la Audiencia de Madrid analiza la actuaci?n de cada uno de ellos y sus mensajes en las redes sociales para concluir que ponen de manifiesto “una discrepancia ideol?gica” con el grupo convocante de acto pol?tico en Vallecas, y supone una incitaci?n a sus posibles seguidores a mostrar esta misma discrepancia, pero no se hace referencia alguna a la incitaci?n a la violencia.

Se detiene en Iglesias, que en dicha campa?a era el candidato a presidente de la Comunidad por Unidas Podemos. En este punto, el tribunal reprocha a Vox que especule respecto de su participaci?n en los incidentes “en el plano intelectual”, consider?ndole inductor de los actos violentos que se registraron en el lugar. “Ning?n elemento de prueba, ni tan siquiera inicial, se aporta, y el razonamiento articulado se basa en una mera sospecha, cuando no en la sola suspicacia del querellante”, razona la Audiencia de Madrid.

Los Bukaneros publicaron mensajes del tipo: “Llenemos la plaza roja antes sus provocaciones y sus intentos de criminalizar a los vecinos de nuestro barrio (…) desbordémosla, que nos se escuchen sus discursos de odio” o “En Vallekas no pasar?n”, lo que a juicio del tribunal que pueda ser tampoco una llamada a la violencia como pretende Vox.

“El término fascista debe valorarse en el contexto de la dialéctica pol?tica en los medios y redes sociales, donde referencias al fascismo y al comunismo, as? como a otras ideolog?as, parecen, en ocasiones, utilizadas con cierta laxitud respecto de su estricto significado, y en referencia genérica a posiciones pol?ticas de derecha o izquierda, seg?n sea quien las utilice”, razona el auto sobre los términos empleados.



ÃßËÑ... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/justicia-ve-indefension-carpetazo-querella-82234326)