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مشاهدة النسخة كاملة : Los requisitos de la nueva ley ralentizan los desahucios y llevan a desestimar demand


Reem
07-27-2023, 07:54 AM
El pasado 26 de mayo entraba en vigor la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda. Una normativa que ha introducido importantes cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y, consecuentemente, en la tramitaci?n judicial de las numerosas demandas de propietarios contra inquilinos morosos. Los juzgados ya han registrado los primeros pleitos que deben adecuarse a dicho texto legal. Y la experiencia de estos primeros dos meses evidencia que los nuevos requisitos que se exigen para presentar los litigios por impago de alquiler est?n ralentizando la tramitaci?n de los procedimientos y, con ello, de los desahucios. Adem?s, los jueces han tenido que inadmitir demandas por no cumplir dichas estipulaciones, entre ellas la de acreditar si el demandante tiene o no la condici?n de gran tenedor de viviendas.

Con la nueva ley, como requisito previo para admitir a tr?mite una demanda de recuperaci?n de la posesi?n de una vivienda el propietario deber? acreditar obligatoriamente una serie de cuestiones que vienen reguladas en el reformado art?culo 439 de la LEC. Una de ellas es informar si el inmueble “constituye vivienda habitual de la persona ocupante” y otra es aclarar si el demandante tiene la condici?n de gran tenedor –para lo que hay que adjuntar al pleito una certificaci?n del Registro de la Propiedad en la que conste la relaci?n de propiedades–. Y si efectivamente resulta ser un gran propietario, también deber? especificar si los demandados “se encuentran o no en situaci?n de vulnerabilidad econ?mica”, para lo cual hay que aportar un documento acreditativo emitido por los servicios sociales competentes o, si los inquilinos u ocupantes no lo permiten, probar asimismo documentalmente que dichas personas “no consienten expresamente el estudio de su situaci?n econ?mica”. Adem?s, si se da la circunstancia de que el due?o es gran tenedor, la vivienda es domicilio habitual del demandado y éste se encuentra en una situaci?n de vulnerabilidad econ?mica, hay que cumplir otro importante requisito a mayores: que ha habido un procedimiento de “conciliaci?n o intermediaci?n” administrativo de forma previa a llevar el caso a la v?a judicial.

Desconocimiento

Quiz?s por desconocimiento o por confusi?n al haberse presentado el pleito en los d?as o semanas justamente posteriores a que estuviera vigente la normativa antigua, lo cierto es que en los juzgados vigueses ya se han inadmitido demandas por no cumplir estos requisitos. “La soluci?n es presentar un nuevo litigio subsanando dicha situaci?n”, afirman en un juzgado de Primera Instancia que precisamente ha desestimado todos los casos tramitados hasta la fecha por no venir acompa?ados de las estipulaciones que exige la nueva ley.

La ralentizaci?n de la tramitaci?n de los procedimientos de desahucio tiene su reflejo, adem?s de en los propios juzgados, en el Servicio Com?n de Notificaciones y Embargos, la oficina encargada de ejecutar los lanzamientos. La cifra de desalojos que les entraron durante el segundo trimestre de este 2023 de cara a su futura ejecuci?n es m?s baja que en a?os anteriores. En la oficina indican que los desahucios de la nueva ley no se empezar?n a realizar hasta septiembre.

Dos desalojos diarios para deshacer el colapso de la huelga judicial

La huelga de los letrados de la Administraci?n de Justicia supuso dos meses de par?lisis que se extendieron desde finales de enero hasta que el 28 de marzo se desbloque? el conflicto. Junto a la suspensi?n de juicios –se aplazaron m?s de 1.400–, una de las oficinas m?s afectada en Vigo fue el Servicio Com?n de Notificaciones y Embargos, que tiene entre sus principales cometidos la ejecuci?n de los desahucios. Pero el atasco que se form? ya ha sido resuelto, porque durante el segundo trimestre del a?o realizaron 140 desalojos, lo que supone, teniendo en cuenta las jornadas laborables de dicho per?odo, una media de dos diarios. Y hubo algunas ma?anas todav?a m?s ajetreadas: “Hubo d?as en que llegamos a hacer hasta cuatro y cinco desalojos”. Como viene ocurriendo desde hace a?os, la mayor?a de los desahucios derivan del impago de las rentas de alquiler. Se trata casi siempre de viviendas, aunque de vez en cuando también hay locales comerciales. “En los de negocios los locales ya suelen estar desocupados y sin actividad, nos limitamos a dar posesi?n del inmueble a su propietario”, afirma Fernando Varela, letrado judicial de este servicio. A veces hay excepciones, como cuando se encontraron con una cafeter?a a pleno funcionamiento, “con clientes tomando café”.



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