تسجيل الدخول

مشاهدة النسخة كاملة : El TC ampara a una mujer a la que el Servicio Murciano de Salud mand? a abortar a una


Reem
07-03-2023, 02:50 PM
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha amparado a una mujer a la que el Servicio Murciano de Salud deriv? a un centro sanitario privado en Madrid, lo que entiende que vulner? su derecho de configuraci?n legal a la interrupci?n del embarazo que, como estableci? el propio Constitucional en su sentencia que aval? la ley de plazos, forma parte de su derecho fundamental a la integridad f?sica y moral.

La sentencia recurrida en amparo consider? que la decisi?n del Servicio Murciano de Salud se encontraba justificada porque ning?n facultativo de la Regi?n de Murcia hab?a pedido practicar abortos. El Constitucional, por el contrario, entiende que esta circunstancia no puede eximir a los facultativos de la sanidad p?blica murciana o de los centros vinculados a ella de practicar la interrupci?n voluntaria del embarazo en los casos legalmente previstos.

El tribunal sostiene que tal exenci?n solo hubiera sido posible si todos estos profesionales hubieran ejercido su derecho a la objeci?n de conciencia conforme establece la ley, lo que les hubiera exigido ejercer este derecho individualmente, de forma anticipada y por escrito, lo que en el caso enjuiciado no qued? acreditado.

Situaci?n de vulnerabilidad

El TC establece que la previsi?n legal que garantiza que la interrupci?n del embarazo ha de efectuarse en los centros de la red sanitaria p?blica de la propia comunidad aut?noma, salvo en los supuestos excepcionales en los que el servicio p?blico de salud no la pueda facilitar por una objeci?n de conciencia generalizada. Ello constituye una garant?a de que la interrupci?n del embarazo se efect?a conforme a las exigencias constitucionales.

Estima que a través de ella se trata de salvaguardar “que la mujer que va a interrumpir el embarazo, que se encuentra en una situaci?n de vulnerabilidad f?sica y emocional, no salga de su entorno habitual y pueda contar con los apoyos de sus allegados para hacer frente a esta dif?cil situaci?n del modo menos traum?tico posible”.

Por ello, considera que el Servicio Murciano de Salud, al derivar a la recurrente a un centro sanitario privado de Madrid para practicar la interrupci?n del embarazo sin haber aducido ning?n motivo excepcional que justificara que no pudieron facilitar en tiempo la prestaci?n, vulner? su derecho a la interrupci?n del embarazo que forma parte de su derecho fundamental a la integridad f?sica y moral.

La sentencia ha sido aprobada por unanimidad, aunque cuenta con dos votos concurrentes del magistrado Ricardo Enr?quez y la magistrada Concepci?n Espejel, que comparten el criterio de la mayor?a pero llegan a la misma conclusi?n por distintos argumentos. La resoluci?n y los votos se conocer?n en su totalidad en los pr?ximos d?as.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/tc-ampara-mujer-servicio-murciano-89418560)