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مشاهدة النسخة كاملة : Carta abierta al presidente del TC: el 'caso Alberto Rodr?guez'


Reem
01-24-2023, 01:14 AM
Estimado C?ndido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional

Me permito escribirte unas l?neas al hilo de la decisi?n adoptada por el “nuevo” TC de llevar al Pleno del pr?ximo 7 de febrero el recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto de 2007, congelada durante 12 a?os y medio, después del fracaso de tu predecesor, Pedro Gonz?lez-Trevijano, en su objetivo de resolver el recurso del Partido Popular en mayo-junio de 2021. Es una tarea de car?cter, por as? decir, simb?lica, en el sentido de que se trata de un retraso aberrante que retrata el estado al que hab?a llegado. Pero tampoco es menos simb?lica por el hecho de que es un recurso que ha perdido pr?cticamente gran parte de su objeto, a no ser, que entendamos por él la conducta de la mayor?a conservadora durante casi una década, que convirti? al m?ximo ?rgano de garant?as en una tercera c?mara legislativa o un TC de combate militante.

En cambio, hay dos recursos de amparo que tienen un objeto convergente, si se puede usar esta expresi?n, y que llevan esperando un a?o y casi dos meses en los cajones del magistrado saliente Santiago Mart?nez Vares y la magistrada Mar?a Luisa Balaguer. Ahora esos recursos est?n en manos de 'las Mar?a Luisas' porque la ponencia de Mart?nez-Vares corresponde a la magistrada Mar?a Luisa Segoviano.

Y si bien esos recursos tienen también un car?cter simb?lico -un ataque a la democracia- en este caso su contenido no solo no ha perdido objeto sino que urge resolver cuanto antes. M?s pronto que tarde. Porque se ha vulnerado el art?culo 23 de la Constituci?n y porque si as? se estima -y estoy seguro de que as? debe de ser y ser?- es necesario que sea cuanto antes.

Porque el TC est? en una contrarreloj. El diputado Alberto Rodr?guez y los 64.000 electores de las islas Canarias que lo eligieron han sido privados del esca?o en el Congreso de los Diputados el 22 de octubre de 2021 por toda la legislatura cuando debi? ser suspendido por la pena accesoria de 45 d?as de inhabilitaci?n y multa.

Esa decisi?n fue adoptada por la presidenta del parlamento, Meritxell Batet. Y sin motivar. Primero rechaz? decretar la privaci?n pero tras consultar con el presidenta de la Sala Segunda, Manuel Marchena, decidi? expulsarle por la vida completa de esta legislatura. Marchena hab?a presidido el tribunal que conden? a Rodr?guez por una pena privativa de libertad de 45 d?as, pena de prisi?n que no lo es ya que el C?digo Penal exige el doble, o sea tres meses, para serlo, y deber? seg?n el art?culo 71.2 ser sustituida por multa.

Los dos recursos de amparo de Rodr?guez se dirigen contra la sentencia del Tribunal Supremo que le conden? y contra la decisi?n de la presidenta Batet. Ambos fueron admitidos a tr?mite por su trascendencia constitucional.

Para el TC el art?culo 23 de la Constituci?n recoge dos derechos diferentes. Por un lado, el derecho de participaci?n pol?tica de los ciudadanos -derecho electoral pasivo- y por el otro el derecho a acceder a puestos o cargos funcionariales mediante el cual se ejerce la participaci?n de los ciudadanos en las instituciones p?blicas.

Es 'common ground', es decir, terreno com?n de todas las partes que ambos derechos deben gozar de la m?xima protecci?n jur?dica que otorga a Constituci?n.

El derecho al ejercicio del cargo o 'ius in officium' del representante Alberto Rodr?guez fue vulnerado por acuerdo de Batet el 22 de octubre de 2021, seg?n se?alamos, el TC rechaz? la adopci?n de medidas cautelar?simas, es decir, restituir su esca?o sin escuchar a las partes, y admiti? la medida cautelar, abriendo un turno de alegaciones. Este proceso acab? cuando el fiscal-jefe del TC, Pedro Crespo, elev? su posici?n, el 30 de mayo de 2022. Seg?n su escrito, Batet se excedi? respecto a lo que le ped?a el Tribunal Supremo. El fiscal solicita la restituci?n del esca?o de Rodr?guez.

La magistrada Balaguer, por su parte, pidi? informe a su letrado sobre la medida cautelar. No ha trascendido cu?l es el contenido de ese informe. Aunque seg?n fuentes judiciales ser?a favorable a admitir el amparo.

El punto de vista de Balaguer, seg?n informaciones directas de este peri?dico, es que la decisi?n de Batet ha sido adoptada sin que se transmitiera motivaci?n y que el esca?o deber?a ser restituido a la mayor brevedad tras la renovaci?n del TC. Pero, al tiempo, sostiene que el recurso contra la sentencia del Supremo ha hecho su entrada antes que el recurso contra la presidenta del Congreso, y cree que es necesario resolver primero dicho recurso.

Pero a diferencia del citado recurso contra la sentencia, en el recurso parlamentario hay una medida cautelar. Y es que la legislatura se va acabando. Y se consolida la vulneraci?n de los derechos de electores y diputado. Desde luego, una resoluci?n inmediata permitir?a reparar esa vulneraci?n.

Estimado presidente, no hizo falta tener en la presidencia del TC un presidente “activista” para acelerar la resoluci?n de ambos recursos de amparo. Es de sentido com?n que ambos recursos pod?an avocados al mismo Pleno, habida cuenta de que se sabe que la pr?ctica del TC es reacia a la acumulaci?n de recursos aunque puedan tener un mismo objeto. De ese modo se reciben dobles informes de los letrados y el material para decidir es m?s voluminoso.

Pero para el presidente Gonz?lez-Trevijano probablemente el caso Alberto Rodr?guez era un episodio sin relevancia como para sugerir a Mart?nez-Vares y a Balaguer que se dieran prisa en sus ponencias respectivas para llevarlas al Pleno. El TC no estaba para tales minucias. Eso s?, hasta que lleg? el momento de defender por tierra, mar y aire, las medidas cautelar?simas solicitadas por los diputados del PP en su recurso de amparo dise?ado con el objetivo de frenar las medidas legislativas dirigidas a acabar con el bloqueo del TC. En todo caso, no movi? un dedo para hacer que los dos magistrados hicieran su trabajo.

La ponencia de Mar?a Luisa Segoviano (si la mantiene a ra?z de una posible recusaci?n) tendr? que definir si la Sala Segunda del Tribunal Supremo respet? o no la presunci?n de inocencia -como sostiene el voto particular de las magistrados Susana Polo y Leopoldo Puente- al condenar a Rodr?guez con la ?nica prueba del polic?a que as? lo sostuvo.

Problema: esa condena es un reflejo de lo que hacen todos los d?as los tribunales. "Cambiar el par?metro de ponderaci?n de la prueba ser?a una revoluci?n. El guardia llega al juicio y dice a mi me han pegado todos los jueces de Espa?a declaran probado que le han aporreado. Ese es el canon de la sentencia y que es cuestionado por el voto particular", se?ala un fiscal consultado. También est? el asunto de los 45 d?as de inhabilitaci?n y multa por la que se conmut? la pena de 45 d?as de c?rcel, esto es, la ejecuci?n de la sentencia. ?Por qué Marchena pregunt? a Batet la fecha de inicio de la pena de inhabilitaci?n? Si Rodr?guez no se pod?a presentar a las elecciones, la presidenta Batet nada ten?a que decir. Marchena se cubri?. Se pod?a entender qué era lo que quer?a -la expulsi?n del diputado- pero no se lo dijo.

Quien lo dejo claro fue la fiscal del Tribunal Supremo Isabel Rodr?guez, a quien Rodr?guez pidi? la suspensi?n de la sentencia. "El contenido de la pena accesoria de inhabilitaci?n especial para el derecho de sufragio pasivo viene fijado en el art. 44 del C?digo Penal que textualmente dice que: 'la inhabilitaci?n para el sufragio pasivo priva al penado, durante el tiempo de la condena, del derecho a ser elegido para cargos p?blicos'. Esto significa, en términos de ejecuci?n de sentencia, que el tribunal sentenciador, en este caso la Sala Segunda del Tribunal Supremo, efectuar? una liquidaci?n de condena se?alando como d?a de inicio el que le facilite el ?rgano correspondiente del Congreso de los Diputados, liquidaci?n que se comunicar? a dicho Congreso y que significa ?nica y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y 15 d?as que se fije en tal liquidaci?n, el se?or Rodr?guez no podr? presentarse a cargos p?blicos. Ni m?s ni menos".

Ni m?s ni menos

La magistrada Balaguer insisti? en su campa?a para la presidencia en la necesidad de restablecer la credibilidad mediante una mejor comunicaci?n con la sociedad. Pero el arte de la comunicaci?n pasa por resolver en tiempo y forma los recursos de amparo. Estimado presidente Conde-Pumpido, en el paisaje posterior a la batalla del TC, el caso Rodr?guez es urgente. Y no deber?a esperar m?s de lo estrictamente necesario por el bien de la democracia.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/carta-abierta-presidente-tc-caso-81780530)

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