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مشاهدة النسخة كاملة : ?Quién y como se puede pedir la baja laboral por regla dolorosa? Requisitos


Reem
06-01-2023, 11:40 AM
Este jueves entran en vigor las nuevas bajas por regla dolorosa incluidas en la reforma de la ley del aborto aprobada el pasado febrero, que incluyen también permisos por interrupci?n voluntaria o involuntaria del embarazo y a partir de la semana 39 de gestaci?n.

Sin embargo, no todos los dolores incapacitantes por menstruaci?n tienen derecho a baja seg?n la nueva norma. ?Cu?les son entonces los requisitos? ?C?mo debe solicitarse?

Tener diagnosticada una dismenorrea secundaria

La reforma del aborto reconoce por primera vez "la situaci?n de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patolog?a previamente diagnosticada". Es decir, la existencia de una menstruaci?n dolorosa que no permita la realizaci?n de las actividades diarias siempre y cuando haya sido acreditada por un médico y se trate de una "dismenorrea secundaria". Este tipo de diagn?stico es aquel asociado a patolog?as como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamaci?n pélvica, ?lipos endometriales, ovarios poliqu?sticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.

Bajas anuales

Estas bajas podr?n tener car?cter anual, a renovar de a?o en a?o, seg?n el historial cl?nico de la paciente. As?, no habr? necesidad de solicitar la baja cada mes, y la trabajadora solo deber? presentar su parte de baja anual antes del 30 de enero de cada a?o. Adem?s, otra de las novedades es que la mujer que solicite la baja, cobrar? la prestaci?n desde el primer d?a, a diferencia de otras contingencias comunes. La cuant?a de la prestaci?n todav?a est? por definir, pero lo habitual es el 60% de la base reguladora.

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Permisos limitados

Por este motivo, desde la Sociedad Espa?ola de Ginecolog?a y Obstetricia (SEGO) se estima que el n?mero de mujeres que podr?n acogerse a la baja por menstruaci?n ser? limitado.

El presidente de la organizaci?n, Txant?n Mart?nez-Astorquiza, se?ala que entre el 15 y el 20% de quienes padecen dismenorrea primaria, es decir, dolor menstrual, no tienen diagnosticado un motivo reconocido. Por tanto, este grupo de personas no pueden acceder al permiso, pese a que "muchas veces esa dismenorrea primaria es tan dolorosa o tan incapacitante como las secundarias", afirma el ginec?logo.

Acudir al ginec?logo

Dado que un grueso de mujeres quedan fuera, el presidente de los ginec?logos propone que los permisos por menstruaci?n incapacitante las gestione un ginec?logo que haga las "pruebas pertinentes" a los pacientes que sufran esta dolencia y que, en caso de que estas no mejoren con el tratamiento, pueda ofrecerles la baja.

Ser? el facultativo quien decida si el dolor es incapacitante y también quien determine el n?mero de d?as durante el que se extender? la baja.



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