Reem
05-30-2023, 09:37 AM
Después de los resultados de las elecciones municipales y auton?micas, Pedro S?nchez, ha decidido adelantar las elecciones generales (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/ayuso-gobierno-pleno-rendimiento-junio-88074315) a el domingo 23 de julio. Una fecha de elecciones problem?tica, ya que pillar? a muchos ciudadanos en medio de sus vacaciones de verano.
M?s informaci?n (Auto)
http://placehold.it/175x100 T?tulo noticia (Auto)
Seguro muchos los electores que no querr?n formar parte de la mesa electoral si son elegidos para ello, pero no es tan f?cil librarse de la mesa electoral. Solo podr?n*evitar la mesa electoral*quienes*justifiquen su ausencia previamente*con uno de los*motivos*que recoge la Ley Org?nica del Régimen Electoral General (LOREG).
QU? PASA SI TENGO UN VIAJE YA PAGADO
Tener un viaje no se encuentra dentro de los motivos para no acudir a la mesa electoral pero al tratarse de una elecciones que se adelantan, ser? la Junta Electoral de Zona quien decida en cada caso aunque siempre queda a su discrecionalidad.
EL VOTO POR CORREO NO TE LIBRA DE SER ESCOGIDO
El*voto por correo no exime*a los ciudadanos de ser llamados a formar parte de una mesa electoral, pese a la creencia extendida de que s? lo hace.
MOTIVOS JUSTIFICADOS:
Dentro de los motivos reconocidos por la Ley Org?nica del Régimen se diferencian causas de tres tipos.
Causas personales:
Tener m?s de 65 a?os y menor de 70
Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
Situaci?n de discapacidad.
Incapacidad temporal para el trabajo.
Estar embarazada de m?s de seis meses.
Tener un embarazo de riesgo.
Internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiqui?tricos.
Haber formado parte de una mesa al menos tres veces en los ?ltimos diez a?os.
Orden de alejamiento contra un votante censado en ese colegio.
Lesi?n, dolencia o enfermedad que impida ejercer las funciones.
Pertenencia a confesiones o comunidades religiosas con régimen de clausura o incompatible con la participaci?n.
Cambio de residencia habitual a otra Comunidad Aut?noma.
Causas familiares:
Eventos familiares de especial relevancia -como bodas- que resulten inaplazables hasta segundo grado de consanguinidad.
Madre o padre de menores de 14 a?os cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse.
Madres en periodo de lactancia con bebés menores de nueve meses.
Cuidado de menores de 8 a?os o de personas con discapacidad.
Cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.
Causas profesionales:
Profesionales que deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones P?blicas.
Profesiones consideradas de servicios esenciales como médicos, sanitarios, protecci?n civil, bomberos...
Directores de medios de comunicaci?n de informaci?n general y jefes de servicios informativos.
Profesionales que deban participar en acontecimientos p?blicos que no se puedan suspender sin perjuicios econ?micos relevantes.
C?MO PRESENTAR ALEGACIONES
Los ciudadanos que se encuentren en una de las situaciones descritas anteriormente, disponen de un plazo de 7 d?as para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona desde que reciban la carta de la designaci?n. La Junta Electoral ser? la que resuelva el caso en un plazo de cinco d?as.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/motivos-librarte-mesa-electoral-pasa-dv-88074688)
M?s informaci?n (Auto)
http://placehold.it/175x100 T?tulo noticia (Auto)
Seguro muchos los electores que no querr?n formar parte de la mesa electoral si son elegidos para ello, pero no es tan f?cil librarse de la mesa electoral. Solo podr?n*evitar la mesa electoral*quienes*justifiquen su ausencia previamente*con uno de los*motivos*que recoge la Ley Org?nica del Régimen Electoral General (LOREG).
QU? PASA SI TENGO UN VIAJE YA PAGADO
Tener un viaje no se encuentra dentro de los motivos para no acudir a la mesa electoral pero al tratarse de una elecciones que se adelantan, ser? la Junta Electoral de Zona quien decida en cada caso aunque siempre queda a su discrecionalidad.
EL VOTO POR CORREO NO TE LIBRA DE SER ESCOGIDO
El*voto por correo no exime*a los ciudadanos de ser llamados a formar parte de una mesa electoral, pese a la creencia extendida de que s? lo hace.
MOTIVOS JUSTIFICADOS:
Dentro de los motivos reconocidos por la Ley Org?nica del Régimen se diferencian causas de tres tipos.
Causas personales:
Tener m?s de 65 a?os y menor de 70
Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
Situaci?n de discapacidad.
Incapacidad temporal para el trabajo.
Estar embarazada de m?s de seis meses.
Tener un embarazo de riesgo.
Internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiqui?tricos.
Haber formado parte de una mesa al menos tres veces en los ?ltimos diez a?os.
Orden de alejamiento contra un votante censado en ese colegio.
Lesi?n, dolencia o enfermedad que impida ejercer las funciones.
Pertenencia a confesiones o comunidades religiosas con régimen de clausura o incompatible con la participaci?n.
Cambio de residencia habitual a otra Comunidad Aut?noma.
Causas familiares:
Eventos familiares de especial relevancia -como bodas- que resulten inaplazables hasta segundo grado de consanguinidad.
Madre o padre de menores de 14 a?os cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse.
Madres en periodo de lactancia con bebés menores de nueve meses.
Cuidado de menores de 8 a?os o de personas con discapacidad.
Cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.
Causas profesionales:
Profesionales que deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones P?blicas.
Profesiones consideradas de servicios esenciales como médicos, sanitarios, protecci?n civil, bomberos...
Directores de medios de comunicaci?n de informaci?n general y jefes de servicios informativos.
Profesionales que deban participar en acontecimientos p?blicos que no se puedan suspender sin perjuicios econ?micos relevantes.
C?MO PRESENTAR ALEGACIONES
Los ciudadanos que se encuentren en una de las situaciones descritas anteriormente, disponen de un plazo de 7 d?as para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona desde que reciban la carta de la designaci?n. La Junta Electoral ser? la que resuelva el caso en un plazo de cinco d?as.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/motivos-librarte-mesa-electoral-pasa-dv-88074688)