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ãÔÇåÏÉ ÇáäÓÎÉ ßÇãáÉ : Un comité de la ONU dictamina que Espa?a "viol?" los derechos de Puigdemont al vetarl


Reem
05-18-2023, 05:50 PM
El Comité de Derechos Humanos de*Naciones Unidas ha emitido una resoluci?n*en la que sostiene que el Estado "viol?" los derechos de participaci?n pol?tica del 'expresident'*Carles Puigdemont*al suspenderlo como diputado del*Parlament*tras procesarlo por un delito de rebeli?n en la causa del 'procés', sin que hubiera condena, pero no le da la raz?n en su reclamaci?n de ser investido a distancia en 2018, cuando ya se hab?a desplazado a Bélgica.

En una argumentaci?n de 39 p?ginas, el comité deja claro que suspender de funciones a Puigdemont "por presuntos delitos sobre la base de hechos p?blicos y pac?ficos, con anterioridad a la existencia de una condena" no puede considerarse que cumpla con los requisitos de "razonabilidad y objetividad exigidos".

Por tanto, el documento concluye que se vulnera el derecho a la participaci?n "en tanto la decisi?n de procesar al autor por el delito de rebeli?n que result? autom?ticamente en su suspensi?n de su cargo como diputado, previa a una condena, no fue por motivos previstos en la legislaci?n, que sean razonables y objetivos".

La decisi?n del Estado

En el informe se subraya que suspender a un diputado sin sentencia*tiene que estar especialmente justificado: "Dado que la suspensi?n excepcional de funciones p?blicas es impuesta de forma previa a la existencia de una condena, los est?ndares necesarios para la compatibilidad de estas suspensiones con el Pacto ser?an, en principio, m?s estrictos que aquellos aplicados con posterioridad a la existencia de una condena".

Y en este sentido a?ade que el Estado no ha demostrado que la aplicaci?n del C?digo Penal y de la ley de Enjuiciamiento Criminal sobre Puigdemont pueda alterar el derecho a la participaci?n pol?tica, a votar y a ser elegido, que est? descrito en el art?culo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol?ticos.

Por ello, concluye que se ha violado este art?culo 25 en la persona de Puigdemont porque no hubo motivos "previstos en la legislaci?n que sean razonables y objetivos" para suspenderlo como diputado previo a una condena. Y reclama al Estado una "reparaci?n suficiente" a Puigdemont en proporci?n a la "violaci?n dictaminada" y "adoptar todas las medidas que sean necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro".

El Comité da al Estado 180 d?as para que informe sobre las medidas adoptadas para aplicar el dictamen y le pide que lo publique y le dé "amplia difusi?n".

La investidura telem?tica

En cuanto a la investidura a distancia, la resoluci?n indica que "del hecho de que una persona considere que la ?nica manera de proteger determinados derechos sea permaneciendo fuera del territorio de un Estado parte,*no se sigue que exista un derecho a ejercer determinados derechos pol?ticos" como la investidura a distancia "particularmente cuando el requisito de presencia f?sica busca proteger derechos pol?ticos de otros parlamentarios e, indirectamente, de su electorado".

El informe recuerda que Puigdemont, incluso "eludido de la justicia" pudo ser candidato y votar. Por tanto sobre la investidura telem?tica concluye que no se violaron los derechos de Puigdemont. El Tribunal Constitucional*dictamin?*que no exist?a tal derecho a la investidura a distancia.

Puigdemont ha calificado la resoluci?n como "una decisi?n important?sima porque es la primera vez que se sale en defensa de una persona en el exilio y por la contundencia" de la resoluci?n. "Espa?a no es una democracia plena", ha concluido el 'expresident' y dirigente de*Junts.



ÃßËÑ... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/comite-onu-dictamina-espana-violo-87560817)